Decreto numero 1548 de 1998, por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto-ley 1281 de 1994 y se modifica el Decreto 1388 de 1995. - 4 de Agosto de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59801058

Decreto numero 1548 de 1998, por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto-ley 1281 de 1994 y se modifica el Decreto 1388 de 1995.

Número de Boletín43357

por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto-ley 1281 de 1994 y se modifica el Decreto 1388 de 1995.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1º El parágrafo del artículo segundo del Decreto 1388 de 1995, quedará así:

Parágrafo Para la aplicación del régimen de transición creado para que los periodistas accedan a la pensión especial de vejez de que trata el artículo 11 del Decreto-ley 1281 de 1994, se tendrá en cuenta la suma de las semanas cotizadas con anterioridad a la vigencia de dicha ley, al Instituto de Seguros Sociales o a cualquier Caja, Fondo o Entidad del sector público, así como el tiempo de servicio como servidores públicos cualquiera sea el cargo desempeñado, el número de semanas cotizadas o el tiempo de servicio.

Artículo 2º Para determinar el ingreso base de liquidación de que trata el inciso cuarto del artículo 11 del Decreto-ley 1281 de 1994, serán válidas las cotizaciones simultáneas efectuadas en el ejercicio de su actividad, como trabajadores dependiente e independiente.
Artículo 3º El inciso segundo del artículo 11 del Decreto 1281 de 1994, se aplicará teniendo en cuenta las condiciones y requisitos previstos para las pensiones de vejez establecidas en el artículo 3º del decreto mencionado

La edad para el reconocimiento de la pensión especial de vejez para...

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