Decreto numero 1943 de 1998, por el cual se da cumplimiento a una sanción disciplinaria impuesta al ex gobernador (E.) del Departamento del Chocó. - 18 de Septiembre de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59802334

Decreto numero 1943 de 1998, por el cual se da cumplimiento a una sanción disciplinaria impuesta al ex gobernador (E.) del Departamento del Chocó.

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín43392

por el cual se da cumplimiento a una sanción disciplinaria impuesta al ex gobernador (E.) del Departamento del Chocó.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 304 de la Constitución Política y el artículo 94 de la Ley 200 de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que la Procuraduría Tercera Delegada para Vigilancia Administrativa, mediante Resolución número 322 del 10 de marzo de 1995, sancionó con suspensión de diez (10) días en el ejercicio del cargo de Gobernador (E.) del Departamento de Chocó, al doctor Roberto Montoya Escobar, identificado con la cédula de ciudadanía número 4792052 de Quibdó;

Que mediante providencia del 3 de abril de 1998, el señor Procurador General de la Nación resolvió la consulta sobre la decisión de la Procuraduría Tercera Delegada para Vigilancia Administrativa, confirmando la Resolución número 322 del 10 de marzo de 1995, mediante la cual se sancionó con suspensión de diez (10) días sin derecho a remuneración en el ejercicio del cargo de Gobernador (E.) del Departamento de Chocó, Roberto Montoya Escobar, identificado con la cédula de ciudadanía número 4792052 de Quibdó;

Que la Jefe de la División de Registro y Control de la Procuraduría General de la Nación, mediante Oficio C.S. número 278 de agosto 10 de 1998, remitió a la Secretaría General del Ministerio del Interior, para los fines pertinentes, la providencia mediante la cual se impuso la sanción de suspensión en el ejercicio del cargo al doctor Roberto Montoya Escobar;

Que la providencia que resuelve una consulta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley 200 de 1995 y 62 del Código Contencioso Administrativo, se encuentra en firme desde el día en que el funcionario correspondiente la...

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