Decreto numero 2506 de 1998, por el cual se reglamenta el Fondo de Solidaridad de Ahorradores y Depositantes de Entidades Cooperativas en Liquidación y se dictan otras disposiciones. - 10 de Diciembre de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59803355

Decreto numero 2506 de 1998, por el cual se reglamenta el Fondo de Solidaridad de Ahorradores y Depositantes de Entidades Cooperativas en Liquidación y se dictan otras disposiciones.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín43451

por el cual se reglamenta el Fondo de Solidaridad de Ahorradores y Depositantes de Entidades Cooperativas en Liquidación y se dictan otras disposiciones.

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de lo previsto en el Decreto 2331 de 1998 y en ejercicio de sus facultades constitucionales, en especial la prevista en el numeral 11 del artículo 189,

DECRETA:

Artículo 1º Para que los depositantes o ahorradores a que se refiere el artículo 3º del Decreto 2331 de 1998 sean beneficiarios de la adquisición de sus acreencias por parte del Fondo de Solidaridad de Ahorradores y Depositantes de Entidades Cooperativas en Liquidación – FOSADEC–, se deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) Que no hayan obtenido de la entidad en liquidación la restitución total de sus acreencias, para lo cual el liquidador deberá expedir la correspondiente certificación;

b) Que el liquidador de la Entidad Cooperativa en Liquidación le reconozca la calidad de ahorrador o depositante en las cooperativas financieras, en las cooperativas de ahorro y crédito o en las secciones de ahorro y crédito de las cooperativas multiactivas o integrales. Adicionalmente, el liquidador certificará ante el administrador del Fondo el monto de las acreencias que tengan los ahorradores o depositantes en las...

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