Decreto numero 1180 de 1999, por el cual se reestructuran las Comisiones de Regulación y se dictan otras disposiciones.
Número de Boletín | 43625 |
por el cual se reestructuran las Comisiones de Regulación y se dictan otras disposiciones.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias otorgadas el artículo 120 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
-
Por el Ministro de Desarrollo Económico, quien la presidirá;
-
Por el Ministro de Salud;
-
Por el Ministro del Medio Ambiente;
-
Por el Director del Departamento Nacional de Planeación;
-
Por cuatro (4) expertos de dedicación exclusiva nombrados por el Presidente de la República para períodos fijos de cuatro (4) años, no sometidos a las reglas de la Carrera Administrativa.
El Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios o su delegado asistirá a las reuniones con voz pero sin voto.
-
Por el Ministro de Minas y Energía, quien la presidirá;
-
Por el Ministro de Hacienda y Crédito Público;
-
Por el Director del Departamento Nacional de Planeación;
-
Por cinco (5) expertos de dedicación exclusiva nombrados por el Presidente de la República para períodos fijos de cuatro (4) años, no sometidos a las reglas de la Carrera Administrativa.
El Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios o su delegado asistirá a las reuniones con voz pero sin voto.
-
Por el Ministro de Comunicaciones, quien la presidirá;
-
Por el Director del Departamento Nacional de Planeación;
-
Por tres (3) expertos de dedicación exclusiva nombrados por el Presidente de la República...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba