Decreto numero 051 de 1999, por el cual se modifica la remuneración de los servidores públicos sometidos al régimen especial del Estatuto Docente y se dictan otras disposiciones de carácter salarial para el sector educativo oficial. - 8 de Enero de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59810415

Decreto numero 051 de 1999, por el cual se modifica la remuneración de los servidores públicos sometidos al régimen especial del Estatuto Docente y se dictan otras disposiciones de carácter salarial para el sector educativo oficial.

Número de Boletín43473

por el cual se modifica la remuneración de los servidores públicos sometidos al régimen especial del Estatuto Docente y se dictan otras disposiciones de carácter salarial para el sector educativo oficial.

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992 y atendiendo lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 60 de 1993,

DECRETA:

Artículo 1º A partir del 1° de enero de 1999, la asignación básica mensual para los distintos grados del Escalafón Nacional Docente, correspondiente a los empleos docentes de carácter estatal, será la siguiente:

Grado Escalafón Asignación básica mensual

A $298.534

B 330.711

01 370.628

02 384.180

03 407.690

04 423.784

05 450.513

06 480.963

07 546.579

08 619.581

09 688.642

10 755.724

11 866.123

12 1.037.663

13 1.155.734

14 1.323.811

Parágrafo 1º. Los educadores oficiales nombrados de acuerdo con lo establecido en el Decreto-ley 85 de 1980, devengarán a partir del 1° de enero de 1999, las siguientes asignaciones mensuales, independientemente del nivel de educación en que trabajen:

Asignación básica mensual

- Bachiller $274.273

- Técnico Profesional o Tecnólogo 365.861

- Profesional Universitario 447.051

Parágrafo 2º. Los instructores y consejeros de los INEM, ITA y CASD que se encuentren escalafonados, devengarán la asignación básica mensual que corresponda a su grado en el Escalafón Nacional Docente, de acuerdo con la escala establecida en el inciso 1o. de este artículo. Los no escalafonados vinculados antes del 31 de diciembre de 1985, percibirán la asignación básica mensual que devengaban a 31 de diciembre de 1998 incrementada en un quince por ciento (15%).

Los vinculados a partir del 1º de enero de 1986 percibirán la asignación que corresponda al título que acrediten, tal como se señala en el parágrafo anterior.

Los instructores y consejeros de los INEM, ITA y CASD, nombrados hasta el 31 de diciembre de 1983, tendrán la siguiente asignación básica para 1999:

Asignación básica

I II y A $651.764

III y B 542.104

IV y C 509.922

No obstante, si estos educadores acreditan una clasificación en el escalafón que les represente una mayor asignación a la señalada en este Parágrafo, se les reconocerá la que corresponda al grado que acrediten.

Parágrafo 3º. A partir del 1° de enero de 1999, los empleados no contemplados en las disposiciones anteriores de este artículo, nombrados en cargos docentes con anterioridad al 8 de febrero de 1994 y que se encuentren actualmente laborando, de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR