Decreto numero 140 de 1999, por el cual se convoca al Congreso de la República a sesiones extraordinarias. - 21 de Enero de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59810657

Decreto numero 140 de 1999, por el cual se convoca al Congreso de la República a sesiones extraordinarias.

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín43483

por el cual se convoca al Congreso de la República a sesiones extraordinarias.

El Presidente de la República, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las previstas en los artículos 138 y 200, numeral 2°, de la Constitución Política,

CONSIDERANDO:

Que corresponde al Gobierno en relación con el Congreso, convocarlo a sesiones extraordinarias;

Que el Gobierno Nacional tiene listo para su presentación ante el Congreso de la República, el proyecto de ley orgánica mediante el cual se adoptará el Plan Nacional de Desarrollo;

Que el artículo 341 de la Constitución Política establece que el Gobierno deberá presentar ante el Congreso de la República el proyecto a que se refiere el considerando anterior, dentro de los seis meses siguientes a la iniciación del período presidencial, por lo cual se hace necesario convocarlo a sesiones extraordinarias para el efecto;

Que así mismo y teniendo en cuenta que el Gobierno Nacional formuló objeciones al Proyecto de ley número 69 de 1998 Senado, número 146 de 1998 Cámara, por la cual se modifica la Ley 388 de 1997, es necesario que el Congreso en las sesiones extraordinarias estudie y decida dichas objeciones, dada la importancia que el proyecto reviste para el adecuado cumplimiento de la función pública de ordenamiento territorial;

Que igualmente es necesario someter a sesiones extraordinarias del Congreso el Proyecto de ley número 129 de 1997 Senado, 222 de 1997 Cámara, por medio de la cual se tipifica la desaparición forzada de personas y el genocidio, se aumenta la pena para el delito de tortura y se dictan otras disposiciones, teniendo en cuenta la firme voluntad del Gobierno en la defensa de los derechos humanos;

Que adicionalmente es imperioso adecuar la legislación laboral a los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo,

DECRETA:

Artículo 1° Convócase al honorable Congreso de la República a sesiones extraordinarias por el período comprendido entre el 5 de febrero y el 15 de marzo de 1999, inclusive.
Artículo 2° Durante el período...

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