Decreto número 668 de 2019, por el cual se designa alcalde ad hoc para el municipio de Sonsón, departamento de Antioquia - 24 de Abril de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 780336849

Decreto número 668 de 2019, por el cual se designa alcalde ad hoc para el municipio de Sonsón, departamento de Antioquia

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín50934

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Oficio número 100-291-002009 del 11 de mayo de 2018, el señor Obed Zuluaga Henao, alcalde del municipio de Sonsón, Antioquia, manifestó su impedimento para conocer de los trámites relacionados con la caución por servidumbre minera, establecida en el artículo 285 del Código de Minas.

Que mediante providencia calendada del 6 de junio de 2018, en el proceso con radicación E-2018-217158, el Procurador Regional de Antioquia aceptó el impedimento presentado por el señor Obed Zuluaga Henao, al encontrar configurada la causal prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, al considerar que "Esta Procuraduría Regional de Antioquia ACEPTA el citado impedimento, en atención a las razones manifestadas por el Alcalde de Sonsón, Antioquia, al obrar como representante legal actual del Municipio de Sonsón, quien es titular de una autorización temporal para la explotación de material de construcción (otorgada por la Agencia Nacional Minera y la Secretaría de Minas de la Gobernación de Antioquia), y al mismo tiempo es el competente para fijar la caución establecida en el artículo 285 del Código de Minas; como quiera que se garantizaría el principio de imparcialidad dentro de la actuación", y consecuentemente, se ha remitido a la Presidencia de la República para que se proceda, en virtud de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, a designar funcionario ad hoc para dicho trámite.

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que "... Será de competencia del presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio...", el gobernador del departamento de Antioquia, mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo la PQRSD-017132...

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