Decreto número 720 de 2018, por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con las cuentas de ahorro electrónicas - 26 de Abril de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 715880361

Decreto número 720 de 2018, por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con las cuentas de ahorro electrónicas

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50576

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 70 de la Ley 1151 de 2007.

CONSIDERANDO:

Que con el fin de cumplir el mandato constitucional previsto en el artículo 22 de la Constitución Política, el cual señala que la paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento, el 24 de noviembre de 2016 el Gobierno nacional suscribió con el grupo armado FARC-EP el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.

Que en el marco del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera y con el fin de generar condiciones materiales e inmateriales de bienestar para las poblaciones afectadas por cultivos de uso ilícito, en particular para las comunidades campesinas en situación de pobreza que derivan su subsistencia de los mencionados cultivos, el Gobierno nacional creó el Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS).

Que en desarrollo del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS), y con el fin de brindar estabilidad y asegurar el sustento de cada familia inscrita en el Programa, el Gobierno nacional asignó una ayuda monetaria la cual actualmente se dispersa a través del sistema financiero.

Que las cuentas de ahorro electrónicas de que trata el artículo 2.25.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010, es un producto financiero con condiciones simplificadas de apertura que permiten dispersar masivamente estos subsidios.

Que el artículo 2.25.1.1.2 del Decreto 2555 de 2010 determinó que las cuentas de ahorro electrónicas están dirigidas a personas pertenecientes al nivel 1 del Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales (Sisbén) y desplazados inscritos en el Registro Único de Población Desplazada y que dado que las familias inscritas en el Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS) no necesariamente pertenecen al nivel 1 del Sisbén o son población desplazada, se hace necesario ampliar el grupo poblacional al que se dirigen las cuentas de ahorro electrónicas con el fin de permitir la canalización de los recursos provenientes de los diferentes programas de...

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