Decreto número 730 de 2018, por el cual se dictan disposiciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones atípicas para elegir Gobernador del departamento de Amazonas - 27 de Abril de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 715880853

Decreto número 730 de 2018, por el cual se dictan disposiciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones atípicas para elegir Gobernador del departamento de Amazonas

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín50577

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las que le confieren los numerales 2º, 4º y 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 2º del Decreto Ley 2241 de 1986, y

CONSIDERANDO:

Que el próximo 29 de abril de 2018, se llevará a cabo la elección atípica para Gobernador del departamento de Amazonas.

Que el artículo 316 de la Constitución Política, preceptúa que en las votaciones que se realicen para la elección de autoridades locales y para la decisión de asuntos del mismo carácter, solo podrán participar los ciudadanos residentes en el respectivo municipio.

Que los numerales 15 del artículo 2º, y 7º del artículo 12 del Decreto Ley 2893 de 2011, establecen como funciones del Ministerio del Interior, las de "coordinar con las demás autoridades competentes el diseño e implementación de herramientas y mecanismos eficientes en materia electoral que busquen garantizar el normal desarrollo de los procesos electorales" y promover el cumplimiento de las garantías de los mismos, y velar por la salvaguarda de los derechos y deberes de los partidos y movimientos políticos.

Que con el fin de garantizar unas elecciones transparentes, asegurar la pureza del sufragio y hacer todo lo necesario para que este transcurra en orden y en paz, para evitar conductas que puedan atentar contra el normal desarrollo del proceso electoral, se deben tomar medidas en prevención del riesgo electoral cerrando fronteras en el departamento.

Que dichas medidas deberán incluir controles migratorios en el puesto terrestre y fluvial fronterizo de Leticia en el departamento de Amazonas.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º Cierre de paso terrestre y fluvial fronterizo.

Ordénase el cierre del paso terrestre y fluvial fronterizo de Leticia en el departamento de Amazonas durante el lapso comprendido entre las 4:00 a. m. del 28 de...

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