Decreto número 756 de 2018, por el cual se adiciona un parágrafo al artículo 2.14.16.1 del Decreto 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural en lo relacionado a los programas especiales de dotación de tierras - 4 de Mayo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 716634529

Decreto número 756 de 2018, por el cual se adiciona un parágrafo al artículo 2.14.16.1 del Decreto 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural en lo relacionado a los programas especiales de dotación de tierras

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín50583

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en particular las previstas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de 1991, el ordinal segundo del artículo y el literal c) del artículo 31 de la Ley 160 de 1994, modificado por el artículo 27 de la Ley 1151 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que según el artículo 64 de la Constitución Política de 1991, es deber del Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa;

Que la Ley 160 de 1994, "Por la cual se crea el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino, se establece un subsidio para la adquisición de tierras, se reforma el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria y se dictan otras disposiciones" , inspirada en el precepto constitucional referido, tiene por objeto entre otros, mejorar el ingreso y la calidad de vida de la población campesina, promover, apoyar y coordinar el mejoramiento económico, social y cultural de la población rural y estimular la participación de las organizaciones campesinas en el proceso integral de la Reforma Agraria y el Desarrollo Rural Campesino para lograr su fortalecimiento;

Que el ordinal primero del artículo de la Ley 160 de 1994 prevé "Promover y consolidar la paz, a través de mecanismos encaminados a lograr la justicia social, la democracia participativa y el bienestar de la población campesina";

Que es facultad del Gobierno nacional establecer programas especiales de dotación de tierras, casos en los cuales podrá adquirir mediante negociación directa predios de propiedad privada o que hagan parte del patrimonio de entidades de derecho público, con el objetivo de dar cumplimiento a los fines de utilidad social definidos en la Ley 160 de

1994;

Que el Gobierno nacional mediante el Decreto 4488 de 2005 creó un programa especial de adquisición y adjudicación de tierras en favor de las personas reincorporadas que se hayan desmovilizado en forma individual o colectiva, en el marco de procesos de paz que adelante el Gobierno nacional;

Que, así mismo, el Gobierno nacional mediante el Decreto 1277 de...

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