Decreto número 767 de 2016, por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en relación con las excepciones a la definición de oferta pública de valores y la reapertura de emisiones de bonos, y se dictan otras disposiciones - 6 de Mayo de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 638184485

Decreto número 767 de 2016, por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en relación con las excepciones a la definición de oferta pública de valores y la reapertura de emisiones de bonos, y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín49865

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política y los literales a) y b) del artículo 4º de la Ley 964 de 2005,

CONSIDERANDO:

Que la emisión y la oferta de valores constituyen una actividad del mercado de valores de conformidad con lo establecido por la Ley 964 de 2005, por lo cual hacen parte del objeto de la intervención del Gobierno nacional.

Que de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del literal b) del artículo 4º de la Ley 964 de 2005, solo pueden calificarse como ofertas públicas aquellas que se dirijan a personas no determinadas o a sectores o grupos de personas relevantes, o que se realicen por algún medio de comunicación masiva para suscribir, enajenar o adquirir valores.

Que se hace necesario establecer de manera expresa que los esquemas de compensación salariales para empleados mediante acciones no constituyen oferta pública de valores.

Que con el objeto de promover el desarrollo del mercado de valores se hace necesario permitir a los emisores de bonos adicionar montos a una emisión primaria, manteniendo las mismas características faciales de tal forma que los títulos emitidos sean fungibles.

Que la reapertura de emisiones de bonos surge como una herramienta para promover la profundidad del mercado, ya que permite concentrar la liquidez en ciertas referencias y consolida las curvas de referencia favoreciendo la formación de precios, lo cual puede permitir que se generen menores costos de financiación para el emisor a través de una prima de liquidez más baja.

Que el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera - URF, aprobó por unanimidad el contenido del presente Decreto, mediante Acta número 002 del 26 de febrero de 2016.

DECRETA:

Artículo 1

º. Modifícase el artículo 6.1.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010 el cual quedará así:

"Artículo 6.1.1.1.1 Definición de oferta pública. Se considera como oferta pública de valores, aquella que se dirija a personas...

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