Decreto número 798 de 2019, por el cual se designa alcalde ad hoc para el municipio de Chía, departamento de Cundinamarca - 14 de Mayo de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 785125005

Decreto número 798 de 2019, por el cual se designa alcalde ad hoc para el municipio de Chía, departamento de Cundinamarca

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín50953

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa, en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante comunicación radicada con el número 20180100118541 del 18 de junio de 2018, el doctor Leonardo Donoso Ruiz, alcalde del municipio de Chía, manifestó impedimento para "la expedición de diferentes actos administrativos en la ejecución del proyecto denominado calle 5b", toda vez que se requiere realizar varios trámites que deben ser definidos por el Instituto de Desarrollo Urbano, Vivienda e Interés Social (IDUVI), entidad sobre la cual el mandatario manifiesta pertenecer a la junta directiva, y además, se requiere adquirir cinco predios, de los cuales dos son propiedad de la Clínica Chía S.A., donde también fue miembro de la junta directiva en los años 2014 y 2015 y de la cual su progenitora es socia con una participación del 8.38%. Por ello, invocó la causal de impedimento prevista en el numeral 1 el artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.

Que mediante auto número 1434 del 12 de julio de 2018, radicado IUS: E-218-281247, IUC-D-2018-1134477, la Procuradora Regional de Cundinamarca, aceptó el impedimento presentado por el doctor Leonardo Donoso Ruiz, al considerar que "... el solicitante tiene o puede llegar a tener interés directo, particular y específico, o tenerlo su señora madre, sobre los actos administrativos, que impliquen la adquisición de los inmuebles de propiedad de la Clínica Chía S.A., o que impliquen declaración de baldíos urbanos, expropiaciones, aplicación de instrumentos de gestión social, entre otros, relacionados con la Clínica Chía S.A., o con los bienes inmuebles de propiedad de la clínica Chía S.A.", al encontrar configurada la causal invocada y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante concepto número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, precisó que "... Será de competencia del presidente de la república decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar...

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