Decreto número 855 de 2020, por el cual se designan los expertos internacionales de la Comisión de Estudio de Beneficios Tributarios - 17 de Junio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 845584760

Decreto número 855 de 2020, por el cual se designan los expertos internacionales de la Comisión de Estudio de Beneficios Tributarios

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51348

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política y en desarrollo del artículo 137 de la Ley 2010 de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 137 de la Ley 2010 de 2019 establece lo siguiente: "COMISIÓN DE ESTUDIO DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS. Créase una Comisión de Expertos para estudiar los beneficios tributarios vigentes en el sistema tributario nacional, con el objeto de evaluar su conveniencia y proponer una reforma orientada a mantener los beneficios tributarios que sean eficientes, permitan la reactivación de la economía, fomenten el empleo, emprendimiento y formalización laboral, empresarial y tributaria que se fundamenten en los principios que rigen el sistema tributario nacional. La Comisión de Expertos podrá convocar a expertos de distintas áreas, en calidad de invitados.

La Comisión de Expertos se conformará a más tardar, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, la cual estará integrada por el Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) o su delegado, el Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público o su delegado, el Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su delegado, el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado, Ministro de Trabajo o su delegado y cinco (5) expertos internacionales. La Comisión será presidida por el Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

La Comisión deberá entregar sus propuestas al Ministro de Hacienda y Crédito Público máximo en dieciocho (18) meses contados a partir de su conformación.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) determinarán mediante resolución el funcionamiento de dicha Comisión, la cual se dictará su propio reglamento.".

Que el Ministro de Hacienda y Crédito Público y el Director de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- expidieron la Resolución número 1046 de 2020, por medio de la cual se determinó el funcionamiento de la Comisión de Estudio de Beneficios Tributarios.

Que, en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

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