Decreto número 897 de 2020, por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Chiquinquirá, departamento de Boyacá - 26 de Junio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 845717122

Decreto número 897 de 2020, por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Chiquinquirá, departamento de Boyacá

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín51357

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante oficio ACHI-SG-0012 de 10 de enero de 2020, el señor Wilmar Ancísar Triana González, alcalde del municipio de Chiquinquirá, Boyacá, manifestó su impedimento ante la Procuraduría Regional de Boyacá, con radicado E-2020-013478 del 13 de enero de 2020, para conocer y actuar dentro del proceso de Acción Popular 201900194, adelantado en el Juzgado Catorce Administrativo Oral del Circuito de Tunja.

Que el mandatario de Chiquinquirá sustenta su impedimento en que el 8 de octubre de 2019, en calidad de candidato a la alcaldía del municipio de Chiquinquirá, instauró demanda a través del medio de control de acción popular, ante los juzgados administrativos de Tunja, a efectos de proteger los derechos colectivos a la moralidad administrativa y defensa del patrimonio público, en contra del municipio de Chiquinquirá, Empresa de Servicios Públicos de Chiquinquirá Empochiquinquirá ESP-EICE, Concejo Municipal de Chiquinquirá y el contratista Santiago Restrepo Estrada; y que posteriormente, el 27 de octubre resultó elegido alcalde de ese mismo municipio para el período 2020-2023; configurándose así un conflicto de interés, lo que le impide intervenir en el referido proceso judicial, razón por la cual se declara impedido para actuar y conocer del mismo.

Que la Procuraduría Regional de Boyacá mediante auto 0120 de fecha 30 de enero de 2020, proferido dentro del proceso con radicación IUS-E-2020-013478 IUC D-2020-1454763, aceptó "(...) El Impedimento formulado por el Señor Wilmar Ancisar Triana González, Alcalde del municipio de Chiquinquirá para conocer y actuar dentro del proceso de Acción Popular con número de radicación: 150013333014-2019-00194-00, adelantada en el Juzgado Catorce Administrativo de Tunja, dentro del cual actúa en calidad de demandante, siendo a la vez demandados el municipio de Chiquinquirá, Empresa de Servicios Públicos de Chiquinquirá Empochiquinquirá ESP-EICE, Concejo Municipal de Chiquinquirá y el señor contratista Santiago Restrepo Estrada" y así mismo, ordenó remitir copia de esta decisión a la Oficina Asesora Jurídica del...

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