Decreto número 945 de 2018, por el cual se da cumplimiento a una decisión de la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal, confirmada por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación que ordenó destituir al Alcalde del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha, departamento de La Guajira y se designa alcalde encargado - 31 de Mayo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 726914545

Decreto número 945 de 2018, por el cual se da cumplimiento a una decisión de la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal, confirmada por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación que ordenó destituir al Alcalde del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha, departamento de La Guajira y se designa alcalde encargado

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín50610

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural de la República de Colombia, Delegatario de funciones presidenciales mediante el Decreto 871 de 2018, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por los artículos 314 de la Constitución Política, 32 de la Ley 1617 de 2013, en concordancia con el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que el señor Fabio David Velázquez Rivadeneira, identificado con cédula de ciudadanía 84079281, fue elegido en las elecciones del 25 de octubre de 2015 como Alcalde del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha, departamento de La Guajira, para el período 2016-2019, inscrito por el Partido Cambio Radical, según consta en el Formulario E- 6 AL;

Que mediante comunicación radicada en la Presidencia de la República bajo EXT18- 00045767 de 17 de mayo de 2018, la Secretaria de la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación, remitió los fallos de primera y segunda instancia del 15 de diciembre de 2017 y 24 de abril de 2018, respectivamente, proferidos en el proceso Radicado IUS-2016 163152-IUC-D-2016-62-854823, y 161-7174, mediante los cuales se impuso "... a Fabio David Velásquez Rivadeneira,..., en su calidad de Alcalde Riohacha, la sanción de destitución e inhabilidad general por el término de doce (12) años,...", decisión que fue confirmada; y además se ordenó comunicar la decisión al Presidente de la República, funcionario competente para la ejecución de la sanción impuesta, conforme lo dispone el artículo 172 del Código Disciplinario Único;

Que según constancia de ejecutoria suscrita el 17 de mayo de 2018 por la Secretaria Ejecutiva de la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación, los fallos disciplinarios de primera y segunda instancia quedaron ejecutoriados y en firme;

Que mediante la Ley 1766 de 2015 se erigió a Riohacha a la categoría de Distrito Especial, Turístico y Cultural, cuyo artículo 2º dispuso que "se regirá por la Ley 1617 de 2013, 'por la cual se expide el régimen para los distritos especiales' y demás normas concordantes";

Que el artículo 2º de la Ley 1617 de 2013, señala que "[e]n todo caso las disposiciones de carácter especial prevalecerán sobre las de carácter general que integran el régimen ordinario de los...

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