Decreto número 968 de 2020, por el cual se hace una designación en provisionalidad en un cargo de Carrera Diplomática y Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores - 7 de Julio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 846357471

Decreto número 968 de 2020, por el cual se hace una designación en provisionalidad en un cargo de Carrera Diplomática y Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín51368

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 2.2.2.7.3 del Decreto 1083 de 2015 y los artículos 60, 61 y 62 del Decreto ley 274 de 2000,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 60 del Decreto ley 274 de 2000, "por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular" , establece que, en virtud del principio de especialidad, podrán designarse en cargos de Carrera Diplomática y Consular, a personas que no pertenezcan a ella, cuando por aplicación de la ley vigente sobre la materia no sea posible designar funcionarios de Carrera Diplomática y Consular para proveer dichos cargos.

Que como consta en la certificación I-GCDA-20-000882-04 del 26 de junio de 2020, expedida por la Directora de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores, y revisado el escalafón de Carrera Diplomática y Consular no existen funcionarios de la planta global de la Carrera Diplomática y Consular que, a la fecha, estén ubicados en cargos por debajo de la categoría de Consejero de Relaciones Exteriores, código 1012, grado 11, en "aplicación del artículo 53 del Decreto 274 de 2000 y/o de los artículos 37 literales a. y b. en concordancia con el artículo 40 del mismo decreto.

Que, en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º Designación.

Designar en provisionalidad a Rodrigo Alberto Villegas Rivillas, identificado con cédula de ciudadanía número 71269233, en el cargo de Consejero de Relaciones Exteriores, código 1012, grado 11, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Canadá.

Artículo 2º Erogaciones.

Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.

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