Decreto número 1708 de 2012, por el cual se hace un nombramiento. - 15 de Agosto de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 394314566

Decreto número 1708 de 2012, por el cual se hace un nombramiento.

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín48523
10
D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.523
Miércoles, 15 de agosto de 2012
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA
DECRETOS
DECRETO NÚMERO 1708 DE 2012
(agosto 15)
por el cual se hace un nombramiento.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales
   
Política,
DECRETA:
     
        

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su pubticación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, a 15 de agosto de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Minas y Energía,

MINISTERIO DE COMERCIO,
INDUSTRIA Y TURISMO
DECRETOS
(agosto 15)

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades cons-
titucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo
189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 6ª de 1971
y de 1991, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 4927 del 26 de diciembre de 2011, se adoptó el Arancel de
Aduanas que entró a regir a partir del 1º de enero de 2012.
   
Sesión 240 de 2012, recomendó enmendar las inconsistencias detectadas en el Arancel de
Aduanas (Decreto 4927 de 2011) como se establece en los artículos 1º al 9º del presente
decreto.
DECRETA:


0105.14.00.00 - - Gansos
0105.15.00.00 - - Pintadas
0905.10.00.00 - Sin triturar ni pulverizar
0905.20.00.00 - Triturada o pulverizada
0907.10.00.00 - Sin triturar ni pulverizar
0907.20.00.00 - Triturados o pulverizados
2208.20.22.00 - - - Singani
2909.30.10.00 - - Anetol
6110.11.10.00 
6110.20.10.00 
6110.20.20.00 - - Chalecos
6110.20.30.00 - - Cardiganes
6110.20.90.00 - - Los demás
8424.89.00.10 - - - Equipo de pintura para madera
8424.89.00.90 - - - Los demás
Parágrafo. La subpartida 0907.10.00.00 sustituye el código 0905.20.00.00 relacionado
en la partida 09.07.

y 1605.54.00.00 los cuales quedarán de la siguiente manera:
48.18 
    
   -
ferior o igual a 36 cm o cortados en formato; pañuelos, toallitas de
desmaquillar, toallas, manteles, servilletas, sábanas y artículos simila-

complementos (accesorios), de vestir, de pasta de papel, papel, guata

1605.52.00.00          

1605.54.00.00 - - Jibias, globitos, calamares y potas

Capítulo Nota
de subpartida Texto corregido
52 1. En las subpartidas 5209.42 y 5211.42, se entiende por tejidos
de mezclilla («denim») los tejidos con hilados de distintos
colores, de ligamento sarga de curso inferior o igual a 4,
incluida la sarga quebrada (a veces llamada raso de 4), de
efecto por urdimbre, en los que los hilos de urdimbre sean de
un solo y mismo color y los de trama, crudos, blanqueados,
teñidos de gris o coloreados con un matiz más claro que el
utilizado en los hilos de urdimbre.
95 1. Esta subpartida no comprende las videoconsolas o máqui-
nas de videojuego activadas con monedas, billetes de banco,

(subpartida 9504.30).

Sin embargo, esta partida no comprende las placas, hojas o tiras de caucho celular,
combinadas con tela en las que esta sea un simple soporte (Capítulo 40), ni los productos
textiles de la partida 58.11.
  
de la siguiente manera:

 
en la Declaración de Importación debe hacer referencia a la forma como son empacados
(enteros, no molidos ni cortados en pedazos, empacados al vacío de manera individual) y
  

Artículo 6º. Eliminar las Notas Complementarias Nacionales 2 y 3 del Capítulo 84.
 
de la partida 03.02.
Artículo 8º. Corregir en la Nota Complementaria Nacional siete (7) del Capítulo 87, la
enumeración por el número tres (3).
-
plementarias, subpartidas” por “Notas Complementarias Nacionales”.
Artículo 10. El presente decreto entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación
en el 
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 15 de agosto de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN


El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,

Proceso de Contratación PC-2012-005229
Empresas Públicas de Medellín E.S.P.
Objeto:  
con armas y sin armas, para dar protección a personas, infraestructuras locativas,
redes de transmisión energía, gas, acueducto, alcantarillado y proyectos propiedad de
Empresas Públicas de Medellín E.S.P., o en aquellos en donde tenga participación o
sea ejecutora, y que sean requeridos por EPM.
Publicación y adquisición del derecho a participar en el proceso: El pliego de
condiciones estará publicado en la página web www.epm.com.co, link Proveedores
y Contratistas, ví         
Soporte a la Contratación, ubicadas en la carrera 58 N°°,
13 al 17 de agosto de 2012 (ambas fechas inclusive), de las 8:00 a.
m. a 11:30 a. m. y de 1:30 a 3:30 p. m.
El pliego de condiciones tendrá un valor de dos millones de pesos ($2.000.000) ml.,
no reembolsables, valor que debe ser cancelado en efectivo o cheque de gerencia a
nombre de Empresas Públicas de Medellín E. S. P., previa expedición del respectivo
documento de cobro, con el cual podrá cancelar el valor en las entidades bancarias o

Cierre de presentación de ofertas:  
        °    
carrera 58 N° 42-125 (Medellín), a más tardar el 4 de septiembre de 2012, a las 9:30
a. m., hora local.
Para mayor información sobre este proceso de contratación consulte la página http://
www8.epm.com.co/tecuento/ListarProcesosContratacion.aspx
(BA-0772961-9).
VIGILADA
SUPERSERVICIOS SSP

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR