Decreto número 0935 de 2013, por el cual se reglamentan los artículos 271, 273 y 274 de la Ley 685 de 2001 - 9 de Mayo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 435889782

Decreto número 0935 de 2013, por el cual se reglamentan los artículos 271, 273 y 274 de la Ley 685 de 2001

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín48785

El Presidente de la República de Colombia, en desarrolla de la facultad contenida en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política, el Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables, propiedad que es reiterada en los artículos , y 10 de la Ley 685 de 2001. En calidad de tal, tiene la obligación de conservación de estos bienes y la competencia y la facultad para conceder derechos especiales de uso sobre dichos recursos, a través de concesiones, las cuales constituyen derechos subjetivos en cuanto entrañan un poder jurídico especial para el uso del respectivo bien público. (Sentencia C-983/10).

Que mediante Decreto 1829 de 2012 el Gobierno Nacional señaló los criterios para que la Autoridad Minera implemente el nuevo sistema de radicación para las propuestas de contrato de concesión, vía internet.

Que al recibirse las propuestas de contrato de concesión vía internet y los documentos de soporte, se hace necesario precisar qué omisiones pueden dar lugar al rechazo de plano, y cuáles generan objeción de la propuesta, para su posterior corrección o adición por parte del proponente, en aplicación de los artículos 273 y 274 de la Ley 685 de 2001.

Que con el fin de garantizar la transparencia en la presentación de las propuestas por medios electrónicos, se requiere dictar disposiciones relacionadas con la determinación de las áreas libres y, de esta forma, dar aplicación a...

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