El Juzgado Cuarto de Familia de Bucaramanga, hace saber de la demanda de jurisdicción voluntaria, de interdicción judicial de Martha Rocío Pico Méndez - 8 de Mayo de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50453637

El Juzgado Cuarto de Familia de Bucaramanga, hace saber de la demanda de jurisdicción voluntaria, de interdicción judicial de Martha Rocío Pico Méndez

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Número de Boletín46622

Bucaramanga, HACE SABER:

Que dentro de la demanda de jurisdiccion voluntaria, de interdiccion judicial de Martha Rocio Pico Mendez, interpuesta por Maria Ofelma Mendez Ardila, apoderado doctor Gabriel Ferreira Sandoval (Radicado 2005-0533), se dicto providencia de cuyo encabezamiento y parte pertinente dice asi: RESUELVE:

Primero. Admitir la anterior demanda por lo expuesto en la parte motiva.

Segundo. El Ministerio y la Defensoria de Familia son parte en este proceso.

Tercero. Citar y Emplazar a los parientes del presunto interdicto a quienes se consideren con derecho a ejercer su curaduria, para el efecto librense los telegramas a que haya lugar y fijese lugar y fijese el edicto emplazatorio.

Cuarto. Señalese 27 de octubre de 2005 a las 9:00 a. m., para recepcionar testimonios de Cecilia Sierra Guevara, Ana Cecilia Herrera y a Janneth Bayona Duarte y Angel de Jesus Pico Mendez para el dia 1° de noviembre de 2005 a las 9:00 a. m. para que rinden testimonio sobre los hechos a la demanda.

Quinto. Decretese y practiquese examen por los medicos especialistas a la señora Martha Rocio Pico Mendez, para que consignen en su dictamen las caracteristicas del estado actual del paciente, su etiologia, diagnostico, pronostico de la enfermedad, capacidad para administrar bienes y tratamiento conveniente a seguir. Para tal fin se ordena que dicho examen se realice por un medico del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

Sexto. De conformidad con el Numeral 6 del articulo 659 del C. P. C., se declara en interdiccion provisoria a Martha Rocio Pico Mendez y se designa como guardador provisional principal la señora Maria Ofelma Mendez Ardila en calidad de madre identificada con la cedula de ciudadania numero 28119765 de Enciso (S).

Septimo. Ordenese le inscripcion del registro civil y notifiquese al publico por aviso que se insertara una vez por lo menos en el Diario Oficial y en un diario de amplia circulacion nacional, numeral 6 del articulo 659 C. P. C.

Para los efectos legales se fija el presente aviso y se expiden copias para su publicacion en Diario Oficial y en un diario de amplia circulacion nacional, hoy cinco de febrero de dos mil siete.

La Secretaria, Piedad I. Ortiz Rodriguez.

LICITACION PUBLICA NUMERO 002 DE 2007 ALCALDIA MUNICIPAL DE CHIQUINQUIRA, BOYACA OBJETO DE LA LICITACION:

Contratacion para la construccion de la primera fase de la biblioteca, aulas virtuales, laboratorios y restaurante escolar del Colegio Departamental, Tecnico...

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