Decreto número 1779 de 2014, por el cual se designa Gobernador del departamento del Caquetá - 18 de Septiembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 531084598

Decreto número 1779 de 2014, por el cual se designa Gobernador del departamento del Caquetá

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín49278

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en particular las conferidas por el artículo 303 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el señor Víctor Isidro Ramírez Loaiza fue elegido Gobernador del departamento del Caquetá para el periodo 2012-215;

Que la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa de la Procuraduría General de la Nación, mediante fallo del 8 de abril de 2014 proferido dentro del proceso radicado bajo el número IUS 2013-179952/IUC D-2013-787-614191 sancionó al señor

Víctor Isidro Ramírez Loaiza, identificado con la cédula de ciudadanía número 17654434, en su condición de Gobernador del departamento del Caquetá para la época de los hechos (2013), con destitución del cargo e inhabilidad general por once (11) años; providencia que fue confirmada por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, a través de fallo del 10 de junio de 2014, aprobado en Acta de Sala número 25, proferido dentro del proceso radicado bajo el número 161-5829. IUS 2013-179952 (IUC-D-2013-787-614191);

Que el Presidente de la República, mediante el Decreto número 1327 del 15 de julio de 2014, hizo efectiva la sanción disciplinaria consistente en destitución del cargo e inhabilidad general por el término de once (11) años, impuesta al señor Víctor Isidro Ramírez Loaiza, identificado con la cédula de ciudadanía número 17654434, en su condición de Gobernador del departamento del Caquetá, y en el mismo acto encargó a la doctora Julieta Gómez de Cortés, identificada con la cédula de ciudadanía número 24601797, quien se desempeña en el cargo de Asesor Código 1020 Grado 17 del Despacho del Ministro del Interior, mientras se designaba Gobernador por el procedimiento de la terna;

Que la Sección Quinta del Consejo de Estado, en Sentencia del 27 de octubre de 2011 C. P. María Elizabeth García González, precisó lo siguiente: "se colige que una de las circunstancias que produce la falta absoluta de los Gobernadores es la destitución decretada por la Procuraduría General de la Nación, y que la misma no se hace efectiva con la sola ejecutoria de los actos administrativos expedidos por el Ministerio Público. Para ello se precisa de la intervención del Presidente de la República, quien habrá de expedir el acto administrativo que...

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