Resolución número 4127 de 2012, por la cual se determinan los resultados de la compensación de la que trata el parágrafo del artículo 4º de la Ley 1393 de 2010para los años 2010 y 2011 - 2 de Enero de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 414533322

Resolución número 4127 de 2012, por la cual se determinan los resultados de la compensación de la que trata el parágrafo del artículo 4º de la Ley 1393 de 2010para los años 2010 y 2011

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín48661

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el parágrafo del artículo 4º de la Ley 1393 de 2010 y por el Decreto número 2550 de 2012,

CONSIDERANDO:

Que el parágrafo del artículo 4º de la Ley 1393 de 2010 establece que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público compensará anualmente las eventuales disminuciones en términos constantes del recaudo por concepto de derechos de explotación del juego de las apuestas permanentes o chance que presenten los departamentos o el distrito capital frente a lo recaudado por este mismo concepto en el año 2009, sin que el monto total máximo de la compensación a nivel nacional pueda exceder el equivalente a dos puntos del IVA aplicable a juego de apuestas permanentes o chance recaudados en el respectivo año.

Que el Decreto número 2550 de 2012 reglamentó el procedimiento para llevar a cabo la compensación de las disminuciones del recaudo por concepto de derechos de explotación del juego de apuestas permanentes o chance, estableciendo en su artículo 4º que el giro correspondiente a los años 2010 y 2011 se realizará por parte del Ministerio de Salud y Protección Social a más tardar el 31 de diciembre de 2012, una vez aplicado el procedimiento de que trata el artículo 2º del mismo decreto y previa comunicación de los resultados de la compensación realizada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Que los departamentos y el distrito capital aportaron al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la solicitud de compensación correspondiente a los años 2010 y 2011, indicando el valor anual del recaudo de los derechos de explotación del juego de las apuestas permanentes o chance del año a compensar en pesos corrientes del mismo año, de conformidad con el numeral 1 del artículo del Decreto número 2550 de 2012.

Que la información recibida de las entidades territoriales respecto del valor recaudado en el año anterior por concepto de derechos de explotación del juego de las apuestas permanentes o chance por cada departamento y por el Distrito Capital, fue validada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público con la certificación enviada por la Superintendencia Nacional de Salud, tal como lo ordena el parágrafo del artículo 2º del Decreto número 2550 de 2012, encontrando que algunas entidades territoriales aportaron...

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