Decreto número 0452 de 2012 por el cual se dictan disposiciones en materia salarial y prestacional. - 2 de Marzo de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 355878826

Decreto número 0452 de 2012 por el cual se dictan disposiciones en materia salarial y prestacional.

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín48360
6
D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.360
Viernes, 2 de marzo de 2012
realizar programas de utilidad común y amparados por acuerdos intergubernamentales.
       
la adquisición de servicios realizados con los fondos donados, siempre que se destinen
exclusivamente al objeto de la donación (…)”.
Que el Gobierno Nacional reglamentó la aplicación de la exención en mención mediante
   
efectos de esta exención corresponde a cada entidad pública del sector, ya sea del nivel
      
auxilios o donaciones correspondientes, son de utilidad común.
             
exención, entre ellos, que el representante legal de la entidad que administre o ejecute los
    
recursos de auxilio o donación en la que conste la denominación del convenio, acuerdo o
actuación intergubernamental que ampare el auxilio o donación, con indicación de la fecha
del mismo y de las partes intervinientes.
         
   

y de otras tasas y contribuciones del orden nacional que pudieran recaer sobre la utilización
de los recursos.

para que las autoridades administrativas puedan delegar sus funciones en sus subalternos.

en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia y en la ley, podrán me-
diante acto de delegación transferir el ejercicio de sus funciones en los empleados públicos
de los niveles directivo y asesor, con el propósito de desarrollar los principios de la función
administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política.

y Desarrollo Territorial el cual actualmente se denomina Ministerio de Ambiente y Desa-
rrollo Sostenible.
Que el Presidente de la República, en uso de precisas facultades extraordinarias otorgadas


Sostenible y se integra el Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
En mérito de lo expuesto;
RESUELVE:
Artículo 1°. Delegar en el Director de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos,
    
correspondientes al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, son de utilidad común,

Artículo 2°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá D. C., a los 17 de febrero de 2012.
El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible,
Frank Pearl.
(C. F.).
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
DECRETOS
DECRETO NÚMERO 0452 DE 2012
(marzo 2)
por el cual se dictan disposiciones en materia salarial y prestacional.
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales

DECRETA:
Artículo 1°. Fíjase para el empleo de Presidente de la Empresa Industrial y Comercial
del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar – Co-
ljuegos, una asignación básica mensual de trece millones novecientos cincuenta y seis mil

Igualmente tendrá derecho a la Prima Técnica, en los mismos términos y condiciones,

El Presidente de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del
Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar – Coljuegos, podrá optar por la pri-
 
    

Artículo 2°. El Presidente de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Admi-
nistradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar – Coljuegos, tendrá
  

para liquidar elementos salariales o prestacionales, ni se tendrá en cuenta para determinar
remuneraciones de otros empleados públicos.
Artículo 3°. En lo no previsto en el presente decreto, el régimen salarial y prestacional
aplicable al Presidente de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora
del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar – Coljuegos, será el establecido
para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del poder público del orden nacional.

por las normas del presente decreto, en concordancia con lo establecido en el artículo 10 de
  
derechos adquiridos.
Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público, ni recibir más
de una asignación que provenga del Tesoro Público, o de empresas o de instituciones en
las que tenga parte mayoritaria el Estado, con las excepciones de que trata el artículo 19

Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las
disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de marzo de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.
SUPERINTENDENCIAS
Superintendencia de Industria y Comercio
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 11962 DE 2012
(febrero 29)
por la cual se establecen aspectos relacionados con las tarifas para el trámite de recono-

La Secretaria General, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas
     

CONSIDERANDO:
Primero. Que durante los años 2008 a 2010, entre Colombia, Perú y la Unión Europea
(UE), se adelantaron negociaciones comerciales para la suscripción de un Tratado de Libre
Comercio dentro del cual se incluyó un capítulo de propiedad intelectual, en el que se es-
tablecieron una serie de disposiciones, acuerdos y compromisos entre las partes en materia
 
partes el 23 de marzo de 2011.
Segundo. Que en el transcurso de la negociación, una de las propuestas de la UE dentro
del Capítulo de Propiedad Industrial, fue la de alcanzar un estándar de protección mayor
    
Europeas más representativas.
Tercero. Que en el artículo 208 del Acuerdo Comercial entre Colombia, Perú y la Unión
Europea (UE), se dispuso: “1. Habiendo completado un procedimiento de oposición y


        
conformidad con el nivel de protección establecido en la presente Sección”.
Cuarto. Que dentro de los compromisos asumidos a efectos de la suscripción y entrada
en vigor del acuerdo, las partes establecieron en documento de trabajo, suscrito en la ronda
de negociación en 2010, que adelantarían los trámites de presentación de las solicitudes de
reconocimiento de las IG previo a la entrada en vigor del Acuerdo.
Quinto. Que como resultado del proceso de negociación comercial se incluyó en el

respecto de las cuales se acordó que se surtiría el procedimiento previsto en la Decisión

Acuerdo Comercial.
Sexto. Que a efectos de llevar a cabo el procedimiento de protección acordado, la Unión
  
acompañada del pago de la tasa por concepto de reconocimiento establecida por la Autoridad
Nacional Competente en materia de Propiedad Industrial, esto es, la Superintendencia de
Industria y Comercio. Compromiso que se encuentra consignado en el documento de trabajo
suscrito por las partes en la última ronda de negociación en febrero de 2010.
Séptimo. Que para dar cumplimiento al compromiso acordado por el Gobierno Nacio-
nal dentro del proceso de implementación del Acuerdo Comercial con la Unión Europea,
  
radicación de las solicitudes de reconocimiento de IG.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:

de la Unión Europea contenidas en el Apéndice 1 del Anexo XIII del Acuerdo Comercial

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR