La Secretaria del Juzgado Diecinueve de Familia de Bogotá, D. C., hace saber que se declaró en interdicción judicial por enfermedad mental a Luis Alejandro Rincón Rondón.. - 27 de Julio de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50463544

La Secretaria del Juzgado Diecinueve de Familia de Bogotá, D. C., hace saber que se declaró en interdicción judicial por enfermedad mental a Luis Alejandro Rincón Rondón..

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Número de Boletín46702

Familia de Bogota, D. C., HACE SABER:

Que dentro del Proceso de Interdiccion Judicial numero 2005/0881 de Luis Alejandro Rincon Rondon, instaurado por Jose Guillermo Rincon Rondon, se profirio sentencia el veintisiete (27) de junio de dos mil seis (2006), la que en su parte pertinente dice: "Juzgado Diecinueve de Familia. Bogota, D. C.,...

RESUELVE:

Primero. Declarar en interdiccion judicial por enfermedad mental a Luis Alejandro Rincon Rondon, como consecuencia, en incapacidad para administrar y disponer de sus bienes.

Segundo. Designar al señor Jose Guillermo Rincon Rondon, con cedula de ciudadania numero 79273231 de Bogota, como curador, para que le represente, administre sus bienes y ejerza el cuidado inmediato del mismo, quedando con las facultades y excepciones previstas por la ley, para el ejercicio del cargo.

Tercero. Presentese por el curador el correspondiente inventario solemne o apunte privado de los bienes del interdicto (arts. 168 a 479 del C. C., en concordancia numeral 8 del articulo 659 del C. P. C.).

Cuarto. Inscribase esta sentencia en el registro civil de nacimiento del enfermo. Oficiese a los funcionarios competentes insertando copia autentica del presente fallo, a costa de la parte interesada.

Quinto. Notifiquese esta sentencia al publico por aviso que se insertara por una vez por lo menos en el Diario Oficial y en un diario de amplia circulacion nacional como El Tiempo o El Nuevo Siglo.

Sexto. Notifiquese al Ministerio Publico. Consultese con el Superior.

Ejecutoriada, expidanse a costa de los interesados, copia autentica de la sentencia".

Notifiquese.

(Fdo.) Fabiola Pereira Romero, Jueza".

Providencia esta confirmada por el honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial, Sala de Familia de esta ciudad, la que en su parte pertinente dice: Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, D. C., Sala de Familia. Bogota, D. C., veinticuatro (24) de noviembre del año dos mil seis (2006)...

RESUELVE:

Primero. Confirmar la sentencia de fecha veintisiete (27) de junio del año dos mil seis (2006), proferida por el Juzgado Diecinueve de Familia de esta ciudad en el proceso de interdiccion de Luis Alejandro Rincon Rondon.

Segundo. Devuelvanse las actuaciones al Despacho de origen.

Para los efectos previstos en el articulo 659 del Codigo de Procedimiento Civil, se fija el presente aviso en lugar visible de la Secretaria del Juzgado por el termino legal, hoy 12 de marzo de 2007, a las 8:00 a. m. para publicarse en el Diario Oficial y en un diario de amplia circulacion nacional como El Tiempo o El Nuevo Siglo.

La Secretaria, Concepcion Venegas Avilan.

La suscrita Secretaria del Juzgado Segundo de Familia de Barranquilla, AVISA:

Que este Juzgado mediante auto de fecha enero 18 de 2002, se admitio la demanda dentro del proceso de Jurisdiccion Voluntaria Interdiccion Judicial del señor Eduardo Enrique Martinez Arciniegas, promovido por la señora Edith Cecilia Martinez Arciniegas, a traves de apoderada;

Que mediante sentencia de fecha diciembre 19 del año 2003, declaro en Interdiccion Definitiva por Causa de Demencia, al señor Eduardo Enrique Martinez Arciniegas. Confirmada por el Tribunal Superior de Barranquilla, Sala Cuarta de Decision Civil - Familia mediante sentencia de fecha junio 4 del año 2004. Se le designo como curadora del interdicto a la señora Edith Cecilia Martinez Arciniegas.

Para los fines indicados en el articulo 536 del Codigo Civil y 659 numeral 7 del Codigo de Procedimiento Civil, se ordena la publicacion del presente aviso, que se insertara por una sola vez, en el Diario Oficial y en el diario El Tiempo de amplia circulacion nacional, en Barranquilla, a los catorce (14) dias del mes de noviembre del año dos mil seis (2006).

La Secretaria, Angelina Rojo de Ricardo.

Ref. 0014-2002.

El suscrito Secretario del Juzgado Segundo de Familia de Bogota, D. C., NOTIFICA AL PUBLICO:

Que mediante auto de fecha 6 de febrero de dos mil siete (2007), proferido dentro del proceso de Interdiccion de Paula del Rosario Arteaga Becerra, se decreto la interdiccion provisoria de Paula del Rosario Arteaga Becerra y se designo como curador provisorio a Adriana Lucia Arteaga Becerra.

Para dar cumplimiento a lo ordenado en el articulo 659 del Codigo de Procedimiento Civil, se fija el presente aviso en la Secretaria del Juzgado, expidiendo copias para las respectivas publicaciones, a la hora de las 8.00 a. m. de hoy 27 de junio de 2007.

La Secretaria (E.), Maria Susana Prieto Caicedo.

Constancia de desfijacion Luego de haber permanecido fijado en la Secretaria del Juzgado por el termino antes señalado, se desfija el presente edicto, siendo las 4:00 p. m. de hoy ...

La Secretaria, Maria Susana Prieto Caicedo.

El Secretario del Juzgado Segundo de Familia de Cucuta CITA Y EMPLAZA:

Al señor Alexis Claro Salgado, mayor de edad, con residencia y domicilio desconocidos, para que comparezca a este Despacho por si o por medio de apoderado judicial a recibir notificacion personal del auto admisorio de la demanda de Declaracion de Muerte Presunta por Desaparecimiento que ante este Juzgado ha instaurado el señor Juan de Dios Claro Contreras, en su condicion de padre.

La demanda se fundamenta en los siguientes hechos: "Primero. El dia 5 de enero de 1980, nacio en el municipio de Tibu (N. de S.), Alexis Claro Salgado, hijo legitimo de Juan de Dios Claro Contreras y Primitiva Salgado.

el Segundo. El señor Alexis Claro Salgado, laboraba como...

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