Resolución número 0143 DIMAR de 2013, por la cual se establece el procedimiento para autorizar el arribo voluntario de naves de recreo y deportivas de bandera extranjera a puerto colombiano - 8 de Abril de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 430860610

Resolución número 0143 DIMAR de 2013, por la cual se establece el procedimiento para autorizar el arribo voluntario de naves de recreo y deportivas de bandera extranjera a puerto colombiano

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín48755

El Director General Marítimo, en ejercicio de sus facultades legales otorgadas en los numerales 5 y 8 del artículo 5º del Decreto-ley 2324 de 1984, en concordancia con los numerales 2, 4 y 5 del artículo 2º del Decreto 5057 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2º de la Constitución Política de Colombia establece que son fines esenciales del Estado servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en ella misma.

Que el artículo 3º de la Ley 489 de 1998, en concordancia con el 209 constitucional dispone que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad, responsabilidad y transparencia.

Que el numeral 2 del artículo del Decreto-ley 2324 de 1984, expresa que el control del tráfico marítimo es actividad marítima bajo la competencia y vigilancia de la Autoridad Marítima Nacional.

Que el numeral 5 del artículo 5º ibídem, dispone dentro de las funciones de la Dirección General Marítima la de regular, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la seguridad de la navegación en general.

Que el numeral 8 del artículo 5º ibídem, establece como función de la Dirección General Marítima la de autorizar y controlar las actividades relacionadas con el arribo, atraque, maniobra, fondeo, remolque y zarpe de las naves y artefactos navales; practicar la visita de recepción a puerto colombiano a las naves y artefactos navales a través de las Capitanías de Puerto.

Que el numeral 4 del artículo 2º del Decreto número 5057 de 2009, determina como función del Director General Marítimo la de dictar las reglamentaciones técnicas relacionadas con las actividades marítimas y la seguridad de la vida humana en el mar.

Que el Decreto-ley 19 de 2012 dispone en su artículo 1º como objeto facilitar la actividad de las personas naturales y jurídicas ante las autoridades, contribuir a la eficiencia y eficacia de estas y desarrollar los principios constitucionales que la rigen, específicamente estableciendo...

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