RESOLUCION NUMERO 0000010 DE 2008 , (noviembre 4) , por la cual se autoriza el funcionamiento de las Direcciones Seccionales Delegadas de Impuestos y Aduanas de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se determina su competencia funcional y territorial.
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales |
Número de Boletín | 47163 |
El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de las facultades que le confieren el artículo 5° y el numeral 23 del artículo 6° del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008, CONSIDERANDO: Que para garantizar la prestación del servicio tributario y aduanero en los lugares que por su actividad económica o ubicación estratégica lo amerite, el Director General de la DIAN, mediante resolución podrá autorizar el funcionamiento permanente o transitorio de Direcciones Seccionales Delegadas de Impuestos y Aduanas, indicando su jurisdicción y competencia, RESUELVE:
Autorización de funcionamiento.
Autorízase el funcionamiento permanente de las siguientes Direcciones Seccionales Delegadas de Impuestos y Aduanas: 1.
Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Cartago, delegada de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira. 2.
Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Puerto Asís, delegada de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali. 3.
Direcciones Seccionales Delegadas de Impuestos y Aduanas de Inírida, Mitú, Puer to Carreño y San José de Guaviare delegadas de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio. 4.
Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Pamplona, delegada de la Dirección Seccional de Aduanas de Cúcuta. 5.
Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Tumaco , delegada de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali.
Delegaciones.
Los Directores Seccionales de Impuestos, de Aduanas, de Impuestos y Aduanas Nacionales y Jefes de División de las Direcciones Seccionales De legantes, deberán expedir las respectivas resoluciones de delegación, de acuerdo con sus competencias, de las cuales se remitirán copia a la Subdirección de Gestión de Procesos y Competencias Laborales de Dirección de Gestión Organizacional.
Parágrafo.
Para efectos de la competencia aduanera de las Direcciones Seccionales Delegadas de Impuestos y Aduanas de Inírida y Puerto Carreño, el Director Seccional y los Jefes de División de la Dirección Seccional de Aduanas de Bogotá expedirán las respectivas resoluciones de delegación.
Competencia territorial de las Direcciones Seccionales Delegadas de Impuestos y Aduanas en materia tributaria. 1.
La competencia territorial de la Dirección Seccional Delegada de Impuestos...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba