Directiva 07 - 1 de Diciembre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43167947

Directiva 07

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín44632

DIARIO OFICIAL 44.632 DIRECTIVA 07 28/11/2001 PARA: MINISTROS DEL DESPACHO DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS DIRECTORES DE ENTIDADES DESCENTRALIZADAS ALTO COMISIONADO PARA LA PAZ DIRECTOR DEL PROGRAMA PRESIDENCIAL DE DERECHOS HUMANOS CONSEJEROS PRESIDENCIALES GOBERNADORES ALCALDES COMANDANTE GENERAL DE LAS FUERZAS MILITARES COMANDANTE DEL EJERCITO NACIONAL DE COLOMBIA COMANDANTE LA FUERZA AEREA COLOMBIANA COMANDANTE DE LA ARMADA NACIONAL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL MIEMBROS COMISION NACIONAL DE TELEVISION Y DIRECTOR DE INRAVISION DIRECTOR DE LA RADIODIFUSORA NACIONAL DE COLOMBIA SERVIDORES PUBLICOS DE: PRESIDENTE DE LA REPUBLICA ASUNTO: RESPALDO, INTERLOCUCION Y COLABORACION DEL ESTADO CON LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES QUE DESARROLLAN ACTIVIDADES HUMANITARIAS EN EL PAIS CONSIDERANDO: Que el Estado colombiano es de naturaleza social, democrática, participativa y pluralista, fundado en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas y en la prevalencia del interés general, y tiene como fines esenciales servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar los derechos y libertades de las personas en Colombia, como lo consagra la Constitución Política; Que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas en su vida, honra, bienes, creencias, derechos y libertades, consagradas en las normas constitucionales y legales; Que el Gobierno Nacional ha manifestado su inquebrantable compromiso de superar la situación de conflicto armado interno, a través de soluciones negociadas, que hagan posible en un futuro próximo la convivencia pacífica de los colombianos; Que es compromiso prioritario del Gobierno la defensa, promoción, protección y garantía de los derechos humanos, así como la aplicación del Derecho Internacional Humanitario; Que dentro de las áreas prioritarias de trabajo establecidas en la Política de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario se encuentra la atención humanitaria a las víctimas del conflicto armado interno; Que, así mismo, es política del Gobierno, tal como quedó consignado en el Documento CONPES 3057 de 1999, brindar atención integral a los desplazados internos; Que los ¿Principios Rectores de los Desplazamientos Internos¿ promulgados por las Naciones Unidas, proporcionan una guía práctica, producto de la experiencia y trabajo de dicha organización en varios lugares del mundo, para la protección de la población...

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