Directiva número 07 de 2019 - 13 de Junio de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 794132321

Directiva número 07 de 2019

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín50983

Para: Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Representantes Legales de los

Organismos y Entidades del Sector Central y Descentralizado de la Administración Pública del Nivel Nacional y Entidades Públicas Territoriales

De: Presidente de la República

Asunto: Facultades Extraordinarias para simplificar, suprimir o reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios en la Administración Pública

Fecha: 13 de junio de 2019

El Gobierno nacional, comprometido con hacer más fácil su relación con los ciudadanos, empresarios y organizaciones sociales, viene adelantando la campaña "Estado simple, Colombia Ágil" en la cual se han intervenido trescientos setenta y cuatro (374) trámites. Para dar continuidad a esta campaña, y con el fin de revisar los trámites que están consagrados en normas de rango legal, la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019 "por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad", otorgó facultades extraordinarias al Presidente de la República para simplificar, suprimir o reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios en la administración pública.

La presente directiva tiene como propósito orientar a las entidades sobre las instancias y acciones a seguir, con el objeto de contar con una administración pública basada en la eficiencia, la eficacia y la economía.

1. COMITÉ TÉCNICO COORDINADOR

La labor de coordinar, analizar y brindar apoyo técnico en la elaboración de las propuestas de modificación normativa del proyecto de Decreto Ley, estará a cargo de un Comité Técnico de Coordinación, integrado por: (i) la Secretaria General de la Presidencia de la República, (ii) el Consejero Presidencial para la Gestión del Cumplimiento, (iii) la Secretaria Jurídica de la Presidencia de la República, (iv) el Ministro de Hacienda y Crédito Público, (v) el Ministro de Justicia y del Derecho, (vi) el Ministro de Comercio, Industria y Turismo, (vii) el Ministro de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, (viii) el Director del Departamento Nacional de Planeación, o sus delegados, y, (ix) el director del Departamento Administrativo de la Función Pública que, como entidad líder de la política de racionalización de trámites en el Estado, lo presidirá.

2. ELABORACIÓN DEL DECRETO LEY

2.1. La coordinación de las labores de identificación de los ajustes normativos requeridos para simplificar trámites, procesos y procedimientos, estará en cabeza de los viceministros...

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