Directiva Presidencial número 01 de 2020 - 3 de Febrero de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 840025134

Directiva Presidencial número 01 de 2020

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín51216

PARA: I ENTIDADES DE LA RAMA EJECUTIVA DEL ORDEN NACIONAL DE: PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

ASUNTO: VINCULACIÓN Y CONTRATACIÓN DE JÓVENES ENTRE 18 Y 28 AÑOS

FECHA: 3 FEB 2020

Impulsar la vinculación del talento joven al servicio público es una de las apuestas del Gobierno nacional para avanzar hacia un país con más bienestar, menos desigualdad y mayor equidad. Por eso, uno de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad" es generar oportunidades de empleo para la población joven del país y superar las barreras de empleabilidad.

Esto se traduce en un voto de confianza en la juventud de nuestro país y en un ejemplo por parte del Estado para los demás sectores.

Bajo estos postulados, se expidió el Decreto 2365 de 2019, con el objeto de "fijar los lineamientos para que las entidades del Estado den cumplimiento a lo establecido en el artículo 196 de la Ley 1955 de 2019, que permita la vinculación al servicio público de los jóvenes entre 18 y 28 años, que no acrediten experiencia, con el fin de mitigar las barreras de entrada al mercado laboral de esta población".

Para efectos de dar cumplimiento a la referida normatividad e impulsar el ingreso de jóvenes al servicio público, se imparten las siguientes directrices:

  1. El Departamento Administrativo de la Función Pública, en coordinación con la Comisión Nacional del Servicio Civil, identificará mensualmente los empleos que se encuentran en vacancia definitiva y estén ofertados mediante concurso de méritos, que no requieran experiencia profesional o que permitan la aplicación de equivalencias, con el fin de darlos a conocer a los jóvenes a través de su publicación mensual en la página web de las entidades del Estado que se encuentran adelantando dichos concursos.

  2. Las entidades públicas de la rama ejecutiva del orden nacional que estén adelantando concursos de mérito para la provisión de empleos que se encuentran en vacancia definitiva, que no requieran experiencia profesional o que permitan la aplicación de equivalencias, remitirán esa información a la Consejería Presidencial para la Juventud - Colombia Joven, la cual se encargará de publicar la misma en su portal web.

  3. El Departamento Administrativo de la Función Pública y la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), bajo las directrices de la Función Pública, coordinarán a las entidades públicas de la Rama Ejecutiva del orden nacional para que adecúen sus...

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