Directiva presidencial número 05 de 2019 - 30 de Abril de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 781982893

Directiva presidencial número 05 de 2019

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín50940

PARA: I MINISTRA DE EDUCACIÓN;

MINISTRO DE VIVIENDA CIUDAD Y TERRITORIO;

MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO; Y DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN

DIRECTORES DE ENTIDADES ADSCRITAS Y VINCULADAS DE

_LA RAMA EJECUTIVA DEL ORDEN NACIONAL_

DE: PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA_

ASUNTO: ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL PARA ESTRUCTURACIÓN E

_IMPLEMENTACIÓN DE DOCUMENTOS TIPO_

FECHA: 1 30 DE ABRIL DE 2019

El artículo 4º de la Ley 1882 de 2018, "por la cual se adicionan, modifican, dictan disposiciones orientadas a fortalecer la contratación pública en Colombia, la Ley de Infraestructura y se dictan otras disposiciones", el cual adiciona el parágrafo 7º al artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, "por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos", establece que el Gobierno nacional adoptará documentos tipo para los pliegos de condiciones de los procesos de selección de obras públicas, interventoría para las obras públicas, interventoría para consultoría de estudios y diseños para obras públicas, consultoría en ingeniería para obras, así como en relación con otros contratos o procesos de selección cuando lo considere necesario.

En desarrollo del artículo 4º de la Ley 1882 de 2018, el Presidente de la República adoptó los documentos tipo para licitación de obra pública de infraestructura de transporte por medio del Decreto 342 de 2019. Para dar continuidad a la adopción de documentos tipo para otros servicios o tipos de infraestructura, se imparten las siguientes directrices:

  1. Los Ministros y Directora a los que va dirigida esta directiva, en coordinación con sus entidades vinculadas y adscritas, deberán presentar a la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República y a la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, dentro de los 3 meses siguientes a la publicación de la presente directiva, la siguiente información:

    1. El tipo de infraestructura o servicio susceptible de adoptar documentos tipo.

    2. Expectativa del número de procesos de contratación que se podrían adelantar y cuántos recursos se espera asignar a estos asuntos.

    3. Criterios de acreditación y verificación de experiencia según el tipo de infraestructura o servicio, teniendo en cuenta la cuantía y tipo de intervención.

    4. Indicadores financieros (liquidez, endeudamiento, razón de cobertura de intereses...

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