Ley número 049 de 2007 Cámara 288 de 2008 Senado, por la cual se dictan normas para la protección de personas con discapacidad mental y se establece el régimen de la representación legal de incapaces emancipados. - 27 de Enero de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51638015

Ley número 049 de 2007 Cámara 288 de 2008 Senado, por la cual se dictan normas para la protección de personas con discapacidad mental y se establece el régimen de la representación legal de incapaces emancipados.

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín47245

CAMARA, 288 DE 2008 SENADO por la cual se dictan normas para la proteccion de personas con discapacidad mental y se establece el regimen de la representacion legal de incapaces emancipados.

Bogota, D. C., 27 de enero de 2009 Honorable Representante GERMAN VARON COTRINO Presidente Camara de Representantes Ciudad Objeciones presidenciales al Proyecto de ley numero 049 de 2007 Camara, 288 de 2008 Senado, por la cual se dictan normas para la proteccion de personas con discapacidad mental y se establece el regimen de la representacion legal de incapaces emancipados.

Respetado señor Presidente: El Gobierno Nacional, en ejercicio de lo dispuesto en los articulos 165 y 166 de la Constitucion Politica, devuelve al honorable Congreso de la Republica, sin la correspondiente sancion presidencial el Proyecto de ley numero 049 de 2007 Camara, 288 de 2008 Senado, por la Constitucion por la cual se dictan normas para la proteccion de personas con discapacidad mental y se establece el regimen de la representacion legal de incapaces emancipados, debido a la inconstitucionalidad e inconveniencia de algunos de sus articulos, de acuerdo con las justificaciones que se exponen a continuacion.

De la manera mas respetuosa el Gobierno Nacional se permite objetar los articulos 14, 16, 98 y 106 del proyecto por inconveniencia e inconstitucionalidad, pues desconocen la normatividad organica prevista en la Constitucion, la distribucion constitucional de las competencias entre el Legislativo y el Ejecutivo en materia de regulacion financiera y desconocen la naturaleza y objeto de las instituciones y entidades a que hacen referencia, a la vez que presionan el gasto que se ha destinado para atencion de la niñez y adolescencia, tal como se expone a continuacion: 1. Articulo 14 del Proyecto de ley numero 049 de 2007 Camara, 288 de 2008 Senado El Ejecutivo considera que el articulo 14 del proyecto de ley en cuestion es inconstitucional pues establece que debera haber una seccion presupuestal independiente para "las politicas, programas, proyectos e inversiones, relacionados con la prevision, rehabilitacion e integracion social para los disminuidos fisicos, sensoriales o psiquicos". Tal prescripcion adolece de inconstitucionalidad por violar el articulo 151 Superior, que estipula que se expediran normas de caracter organico para la "preparacion, aprobacion y ejecucion del presupuesto de rentas y ley de apropiaciones y del plan general de desarrollo". Asi, toda vez que el articulo 14 referido esta condicionando la preparacion del Plan Nacional de Desarrollo y de la Ley Anual de Presupuesto, sin que se le haya dado tramite de ley organica, el vicio de constitucionalidad se hace evidente.

  1. Articulo 16 del Proyecto de ley numero 049 de 2007 Camara, 288 de 2008 Senado las actividades De acuerdo con la informacion suministrada por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la implementacion del articulo 16 del proyecto requeriria profesionales especializados de grado 15 cuyo costo anual aproximado asciende a $49.39 millones. El texto del articulo establece que: tad de intervencion "Articulo 16. Tipos. Las situaciones de discapacidad en que pueden encontrarse las personas sera absoluta o relativa.

    La determinacion de la deficiencia estara a cargo de especialistas en la materia, preferencialmente por un equipo interdisciplinario conformado cuando menos por un medico general, un sicologo, un terapeuta ocupacional, un trabajador social, un enfermo y un psiquiatra.

    Paragrafo. Esta evaluacion la hara la dependencia que determine el Gobierno Nacional de conformidad con los planes y programas de atencion a discapacitado, sin perjuicio de las evaluaciones que realiza el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses".

    oficial Libertad y Orden * Tarifa Postal Reducida 56/2000 I S S N 0122-2112 P numero 961 Presidencia de la rePublica Asi, teniendo en cuenta que son necesarios 6 profesionales y que actualmente hay 33 direcciones seccionales y direcciones regionales se tendrian costos adicionales para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de aproximadamente $9,779.35 millones anuales. Debe señalarse que este costo no incluye la dotacion necesaria para el cumplimiento de sus funciones por lo que el impacto calculado esta subestimado en esta cuantia.

    Las anteriores consideraciones permiten evidenciar que de aprobarse el proyecto en cuestion los recursos previstos para el cumplimiento de la funcion misional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar disminuirian, pues la iniciativa no preve una fuente de recursos adicional para financiar el nuevo gasto. Por lo tanto, de la manera mas cordial el Gobierno Nacional se permite objetar el proyecto de ley de la referencia por conveniencia, pues altera los recursos que actualmente financian la atencion a la niñez y adolescencia, sin contar con nuevas fuentes de financiacion para suplir los deficits en esta atencion.

  2. Articulo 98 del Proyecto de ley numero 049 de 2007 Camara, 288 de 2008 Senado El articulo 98 del proyecto establece que: "Apalancamiento del administrador. El Fondo de Garantias de Instituciones Financieras establecera un sistema de proteccion de los activos de los pupilos dados en administracion fiduciaria. El Gobierno reglamentara dentro del año siguiente a la entrada en vigencia de la presente ley, la forma y alcance del sistema y tomara las medidas necesarias para su operacion".

    La principal objecion al proyecto radica en que el Congreso Nacional esta facultado Politica, solo para dictar las normas marco que rigen las actividades financiera, bursatil...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR