RESOLUCION NUMERO 0-5162 DE 2008 , (agosto 26) , por medio de la cual se transfiere el derecho de dominio de un inmueble ubicado en la ciudad de Riohacha y se dictan otras disposiciones . - 26 de Agosto de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 47010879

RESOLUCION NUMERO 0-5162 DE 2008 , (agosto 26) , por medio de la cual se transfiere el derecho de dominio de un inmueble ubicado en la ciudad de Riohacha y se dictan otras disposiciones .

EmisorFiscalía General de la Nación
Número de Boletín47102

El Fiscal General de la Nación, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 13 de la Ley 938 de 2004 y, CONSIDERANDO QUE: El artículo 113 de la Constitución Política preceptúa, "Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines";

El artículo 28 de la Ley 110 de 2006, establece que, "Cuando los órgano que conforman el Presupuesto General de la Nación posean bienes inmuebles que en la actualidad no se estén utilizando o que no sean necesarios para el desarrollo normal de sus funciones, deben desarrollar todas las actividades tendientes a cumplir con lo establecido en la Ley 708 de 2001 y sus decretos reglamentarios. (...)";

El artículo 8° de la Ley 708 de 2001, dispone: "Los bienes inmuebles fiscales de pro piedad, de las entidades públicas del orden nacional, de carácter no financiero que hagan parte de cualquiera de las ramas del poder público, así como de los órganos autónomos e independientes, que no tengan vocación para la construcción de vivienda de interés so cial, y además que no los requieran para el desarrollo de sus funciones y no se encuentren dentro de los panes de enajenación onerosa que deberán tener las entidades, deben ser transferidos a título gratuito a otras entidades públicas conforme a sus necesidades, de acuerdo con el reglamento que expida el Gobierno Nacional, con excepción de aquellos ocupados ilegalmente antes del 28 de julio de 1988 con vivienda de interés social, los cuales deberán ser cedidos a sus ocupantes, en virtud de lo establecido en el artículo 58 delaLey9 a de 1989".

De acuerdo con el parágrafo 1° del artículo de la Ley 708 de 2001, las transferencias se harán según procedimiento de enajenación previsto en el artículo 1 o de la misma ley, esto es, mediante resolución administrativa expedida por la entidad propietaria del inmueble y la tradición mediante la inscripción de la resolución en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondiente;

En el artículo 1 o de la Licencia de Urbanización número 022 del 6 de marzo de 2007, expedida por la Sociedad Colombiana de Arquitectura Regional de La Guajira, se otorgó licencia de urbanismo a la Fiscalía General de la Nación, para desenglobar un Lote de terreno de su propiedad ubicado en la calle 1 N° 6-65 de Riohacha;

La tradición del inmueble es la siguiente: El Gobierno de los Estados Unidos de Colombia compró el edificio para el funciona miento de la Aduana y del Resguardo de Rentas Nacionales, quienes se encontraban en ese lugar desde antes de 1875, en calidad de arriendo, como consta en la Escritura Pública número 4 del 26 de febrero de 1875;

El inmueble consta de dos edificaciones, la una corresponde a la avenida 1 N° 6-65/63 donde funciona la Seccional de Fiscalías de Riohacha, y la otra, por la parte de atrás, corresponde a la calle 2 N° 6-52 donde funciona la Administración Local de Impuestos y Aduanas Nacionales;

Dichas edificaciones fueron transferidas a través de actas por el Fondo de Inmuebles Nacionales y el Ministerio de Transporte a la FISCALÍA y a la DIAN, respectivamente.

Entidades que funcionaban allí al momento de...

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