Resolución número 471 de 2009, por la cual se incrementa la tarifa para la expedición física del duplicado o rectificación de la tarjeta de identidad, por pérdida o deterioro de la misma, o corrección de datos a voluntad de su titular en el territorio nacional y en el exterior. - 21 de Agosto de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 65398269

Resolución número 471 de 2009, por la cual se incrementa la tarifa para la expedición física del duplicado o rectificación de la tarjeta de identidad, por pérdida o deterioro de la misma, o corrección de datos a voluntad de su titular en el territorio nacional y en el exterior.

EmisorVarios
Número de Boletín47448

(agosto 18 ) por la cual se incrementa la tarifa para la expedicion fisica del duplicado o rectificacion de la tarjeta de identidad, por perdida o deterioro de la misma, o correccion de datos a voluntad de su titular en el territorio nacional y en el exterior.

El Registrador Nacional del Estado Civil, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el articulo 4° numeral 1 de la Ley 1163 de 2007, y CONSIDERANDO:

Que el articulo 266 de la Constitucion Politica establece que corresponde al Registrador Nacional del Estado Civil ejercer la funcion de organizar y dirigir el Registro Civil y la Identificacion de las personas;

Que de acuerdo con el articulo 3° literal a) de la Ley 1163 de octubre 3 de 2007, por la cual se regulan las tasas por la prestacion de servicios de la Registraduria Nacional del Estado Civil y se dictan otras disposiciones, se establecen los hechos generadores objeto de cobro por parte de la Registraduria Nacional del Estado Civil, entre los cuales se encuentra, el de la expedicion fisica del duplicado o rectificacion de la tarjeta de identidad, por perdida o deterioro de la misma, o correccion de datos a voluntad de su titular, en el territorio nacional y en el exterior;

Que el Registrador Nacional del Estado Civil mediante Resolucion No. 117 del 24 de junio de 2008, establecio "la tarifa para la expedicion fisica del duplicado o rectificacion de la tarjeta de identidad, por perdida o deterioro de la misma, o correccion de datos a voluntad de su titular en el territorio nacional y en el exterior".

Que de acuerdo con el paragrafo 1° del articulo 4° de la Ley 1163 de 2007, los incrementos de las tarifas cada año, seran ajustadas por la inflacion anual;

Que la meta de inflacion puntual para efectos legales fijada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadistica - DANE a junio de 2009 es de tres punto ochenta y uno por ciento (3.81%);

Que el Registrador...

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