Edicto - 16 de Noviembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43128901

Edicto

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección Nacional de Estupefacientes
Número de Boletín43783

DIARIO OFICIAL 43.783 EDICTO . 16/11/1999 La suscrita Jefe del Grupo de Notificaciones de la Dirección Nacional de Estupefacientes, de acuerdo a lo ordenado en el artículo 46 del Decreto 01 1984, hace saber a los herederos indeterminados del señor Helmer Herrera Buitrago, propietario del inmueble apartamento 403 ubicado en la Calle 23 D norte No. 5N-33 de la Urbanización San Vicente. Santa Fe de Bogotá, D. C., diecisiete (17) de noviembre de mil novecientos noventa y nueve (1999). La suscrita Jefe del Grupo de Notificaciones de la Dirección Nacional de Estupefacientes, de acuerdo a lo ordenado en el artículo 46 del Decreto 01 1984, hace saber a los herederos indeterminados del señor Helmer Herrera Buitrago, propietario del inmueble apartamento 403 ubicado en la Calle 23 D norte No. 5N-33 de la Urbanización San Vicente, Edificio Justiniano González García de Cali-Valle, que dentro del Expediente No. 2432 (Acta No. 6755), se profirió la Resolución número 1215 del 14 de octubre de 1999, cuya parte resolutiva dice: "... En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Destinar en forma provisional al servicio de la Fundación para el Desarrollo Agromicroempresarial del Sur Occidente Colombiano Fundeagro, el apartamento 403 ubicado en la calle 23D Norte No. 5N-33 de la Urbanización San Vicente, Edificio Justiniano González García de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria número 370-183431. Artículo 2°. El destinatario provisional deberá mantener asegurado contra todo riesgo el bien, hasta tanto cesen los motivos en virtud de los cuales se ha otorgado la presente destinación provisional, tomado como base su valor comercial, debiendo figurar como beneficiaria la Dirección Nacional de Estupefacientes. De igual forma deberá constituir la garantía única de cumplimiento de las obligaciones estatales. Parágrafo. Copia del contrato de seguro, se remitirá a la Subdirección de Bienes de esta entidad, dentro de los cinco (5) días calendario, siguientes al recibo del bien. Artículo 3°. El destinatario provisional deberá consignar mensualmente la suma de doscientos treinta mil pesos ($230.000) en la cuenta de ahorros del Banco Popular No. 040-72009-6 a nombre de la Dirección Nacional de Estupefacientes y rendir un informe bimestral, debidamente justificado de su administración, a la Subdirección de Bienes de esta entidad, diligenciando el formato establecido para ello por la Dirección. Artículo 4°. El destinatario provisional pagará los...

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