Resolución número 0013 de 2007, por la cual se autoriza a la Empresa de Desarrollo Urbano de Bolívar, Edurbe S. A., las obras del proyecto '1' y el dragado de la Laguna el Cabrero, en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Cartagena. - 28 de Mayo de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50457941

Resolución número 0013 de 2007, por la cual se autoriza a la Empresa de Desarrollo Urbano de Bolívar, Edurbe S. A., las obras del proyecto '1' y el dragado de la Laguna el Cabrero, en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Cartagena.

EmisorSociedades De Economia Mixta
Número de Boletín46642

(enero 31) por la cual se aboca directamente el desarrollo de los Estudios Tecnicos requeridos para la Reorganizacion Administrativa que contemple la modificacion de la planta de cargos de la Corporacion y se designan los funcionarios responsables de elaborarlo.

El Director General de la Corporacion Autonoma Regional del Atlantico - CRA - en ejercicio de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO:

* Que actualmente la planta de cargos de la Corporacion Autonoma Regional del Atlantico - CRA - esta conformada en forma global por cincuenta y siete (57) funcionarios, distribuidos en las distintas dependencias;

* Que dentro del Plan de Accion del Trienio 2007 - 2009 se contemplara el programa de Acreditacion del Sistema de Gestion de la Calidad, asi como programas y proyectos que permitan cumplir la mision de la entidad, pero se ha detectado igualmente que la estructura organizacional actual no es adecuada para desarrollarlos de manera eficiente;

* Que la Oficina de Control Interno de la CRA, como dependencia encargada de la implementacion del Sistema de Calidad, ha observado que dentro de la Corporacion las cargas de trabajo no se encuentran bien distribuidas y las funciones reales no siempre se encuentran reflejadas en el Manual de Funciones adoptado formalmente. que los procesos no se encuentran correctamente definidos, tanto en asignacion del Responsable como en los tiempos eficientes asignados para cada tarea, ni han sido suficientemente socializados, de manera que se incurre en duplicidad de funciones y en demoras por parte de los actores, por desconocer el momento exacto en el cual deben participar en cada etapa del proceso;

* Que como paso previo a la implementacion del Sistema de Calidad, la Corporacion debe efectuar, entre otras, las siguientes actividades: * Redefinicion de procesos.

* Redistribucion de funciones y cargas de trabajo.

Mejoramiento de la Gestion con el proposito de cumplir con los principios de la Funcion publica y la mision institucional que la Ley le impone a la Corporacion.

* Racionalizacion del Gasto.

* Que como consecuencia, se hace necesario tambien redefinir la estructura organizacional de la Corporacion autonoma Regional del Atlantico, CRA, para que sirva de plataforma a la implementacion del Sistema de Calidad, el cual se pretende acreditar;

* Que la Oficina de Control Interno ha solicitado el apoyo juridico de un experto en funcion publica con el proposito de rediseñar una nueva estructura organizacional que sirva de plataforma para la implementacion del Sistema de Calidad, para lo cual se ha contratado a la abogada Zoila Luz Ariza Alvarez, experta en la realizacion de este tipo de proyectos, para que preste asesoria juridica para el diseño e implementacion de una nueva Estructura Organizacional para la Corporacion;

* Que a traves de la Reorganizacion Administrativa se determinara el numero de funcionarios necesarios para cumplir, de manera mas eficiente, los programas estrategicos del Plan de Accion del actual trienio, y en adelante, utilizar el talento humano con que cuenta la entidad aprovechando su maximo potencial;

* Que el primer inciso del articulo 46 de la Ley 909 de 2004, referente a Reformas de plantas de personal, asi cono el articulo 95 del Decreto 1227 de 2005, preceptuan que "Las reformas de planta de empleos de las entidades de la rama ejecutiva de los ordenes nacional y territorial, deberan motivarse, fundarse en necesidades del servicio o en razones de modernizacion de la Administracion y basarse en justificaciones o estudios tecnicos que asi lo demuestren, elaborados por las respectivas entidades, por la ESAP, o por firmas especializadas en la materia;

estudios que deberan garantizar el mejoramiento organizacional";

Que en cumplimiento de la norma anteriormente citada, para garantizar el mejoramiento organizacional a traves de la Reorganizacion Administrativa, es necesario realizar estudios tecnicos que determinen la manera como debe efectuarse la modificacion de la estructura de la Corporacion y de la planta de cargos, con el proposito de lograr que la modernizacion redunde en el incremento de los niveles de eficiencia, eficacia, economia y celeridad del servicio a cargo de los funcionarios de la CRA para cumplir con su Mision;

* Que el inciso 2° del articulo 46 de la Ley 909 de 2004 dispone que "Toda modificacion a las plantas de personal de los organismos y entidades de las ramas ejecutivas del poder publico del orden nacional, debera ser aprobada por el Departamento Administrativo de la Funcion Publica". En el mismo sentido, el Paragrafo del articulo 95 del Decreto 1227 de 2005, dispone: "Toda modificacion a las plantas de empleos, de las estructuras y de los estatutos de los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del poder publico del orden nacional deberan contar con el concepto tecnico favorable del Departamento Administrativo de la Funcion Publica";

* Que actualmente, la Comision Nacional de Servicio Civil convoco el proceso de seleccion para proveer por concurso abierto de meritos treinta y nueve (39) cargos de la CRA, los cuales se encuentran incluidos en la Oferta Publica de Empleos de Carrera -OPEP, segun Convocatoria numero 001 de 2005 Sistema General de Carrera, de conformidad con la Resolucion numero 171 de 2005 de la CNSC, RESUELVE:

Primero. Avoquese directamente el desarrollo de los estudios tecnicos para la modificacion de la planta de personal de la Corporacion Autonoma Regional del Atlantico.

Segundo. Designase como responsables de elaborar los estudios tecnicos al Director General al Jefe de Control Interno, al Subdirector de Planeacion y a la Contratista encargada de la Reorganizacion Administrativa.

Tercero. Designase como Coordinador para la elaboracion de los estudios tecnicos a la Contratista encargada de la Reorganizacion Administrativa, Zoila Luz Ariza Alvarez.

Cuarto. Comuniquese la presente resolucion al Director Administrativo de la Funcion Publica y a la Comision Nacional del Servicio Civil, para lo de sus respectivas competencias.

Quinto. La presente resolucion rige a partir de la fecha de expedicion.

Publiquese, comuniquese y cumplase.

Dada en Barranquilla, a 31 de enero de 2007.

El Director General, Rafael Perez Jubiz.

Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Banco Agrario de Colombia 0387418. 6-III-2007. Valor $207.900.

1 RESOLUCION NUMERO 000064 DE 2007 por El Director General de la Corporacion Autonoma Regional del Atlantico, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las establecidas en la Ley 99 de 1993, los Decretos 3100 de 2003, 3440 de 2004 y las Resoluciones 1433 de 2004 y 2145 de 2005 del MAVDT, CONSIDERANDO:

Que el articulo 42 de la Ley 99 de 1993 establece que "La utilizacion directa o indirecta de la atmosfera, el agua y el suelo, para introducir o arrojar desechos o desperdicios agricolas, mineros o industriales, aguas negras o servidas de cualquier origen, humos, vapores y sustancias nocivas que sean resultado de actividades propiciadas por el hombre, o actividades economicas o de servicios, sean o no lucrativas, se sujetaran al pago de tasas retributivas por las consecuencias nocivas de las actividades expresadas";

Que mediante Resolucion 372 de 1998, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial establecio las sustancias objeto de cobro y fijo la tarifa minima por concepto de tasas retributivas por vertimientos liquidos, determinandose valores en peso por kilogramo vertidos de Demanda Bioquimica de Oxigeno (DBO) y Solidos Suspendidos Totales (SST), los cuales se ajustan en forma anual a traves de la aplicacion del Indice de Precios al Consumidor, IPC, del año inmediatamente anterior;

Que el Decreto 3100 del 30 de octubre de 2003 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, reglamento el mecanismo de aplicacion de las tasas retributivas de por vertimientos a los cuerpos de agua, armonizando este instrumento economico con los procesos de ordenamiento y manejo de cuencas hidrograficas del pais.

Que a traves del Decreto 3440 del 21 de octubre de 2004 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, se modifico el Decreto 3100 de 2003 y se establecio que para el primer quinquenio de cobro y en ausencia de los Planes de Ordenamiento del Recurso, las autoridades ambientales podran utilizar las evaluaciones de calidad cualitativas y cuantitativas del recurso disponibles, a fin de aplicar la nueva...

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