Resolución número 461 de 2012 por la cual se efectúa una distribución en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2012. - 27 de Febrero de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354759898

Resolución número 461 de 2012 por la cual se efectúa una distribución en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2012.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín48356
DIARIO OFICIAL
Fundado el 30 de abril de 1864
Año CXLVII No. 48.356 Edición de 28 páginas •฀฀฀Bogotá D. C., lunes, 27 de febrero de 2012 •฀฀ I S S N 0122-2112
NORMATIVIDAD
Y CULTURA
IMPRENTA
NACIONAL
D E C O L O M B I A
www.imprenta.gov.co
República de Colombia
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 461 DE 2012
(febrero 23)
por la cual se efectúa una distribución en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento


CONSIDERANDO:
disponen que: “Se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos, sin
cambiar su destinación, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano;
En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional estas distribuciones se
harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Si no existen Juntas o
Consejos Directivos lo hará el representante legal de estos”;
  
los casos en los cuales la distribución afecte el Presupuesto de otro órgano que haga parte
del Presupuesto General de la Nación, el mismo acto administrativo, servirá de base para
disminuir las apropiaciones del órgano que distribuye e incorporar las del órgano receptor.
La ejecución presupuestal de estas deberá iniciarse en la misma vigencia de la distribución,
en caso de requerirse se abrirán subordinales;
Que en la Sección 1301-01 Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Gestión General,
existen recursos en la Cuenta 3 Transferencias Corrientes, Subcuenta 2 Transferencias al
Sector Público, Objeto del Gasto 1 Orden Nacional, Ordinal 30 “Programas de Moderni-
zación del Estado”, que requieren ser distribuidos;
Que la Coordinadora de Grupo de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito

de 2012 por $29.000.000.000,
RESUELVE:
Artículo 1°. Efectuar la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de funcio-

SECCIÓN 1301
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
UNIDAD 1301-01 GESTIÓN GENERAL
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
CUENTA 3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
SUBCUENTA 2 TRANSFERENCIAS AL SECTOR PÚ-
BLICO
OBJETO DEL GASTO 1 ORDEN NACIONAL
ORDINAL 30 PROGRAMAS DE MODERNIZACIÓN
DEL ESTADO
RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES $28.689.000.000
TOTAL A DISTRIBUIR $28.689.000.000
DISTRIBUCIÓN:
SECCIÓN 1716-00
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN
DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
CUENTA 3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
SUBCUENTA 2 TRANSFERENCIAS AL SECTOR
PÚBLICO
OBJETO DEL GASTO 1 ORDEN NACIONAL
ORDINAL 30 PROGRAMAS DE MODERNIZA-
CIÓN DEL ESTADO
RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES $28.689.000.000
TOTAL DISTRIBUCIÓN $28.689.000.000
Artículo 2°. La presente resolución, rige a partir de la fecha de su publicación y requiere
para su validez de la aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 23 de febrero de 2012.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Aprobada:
El Director General del Presupuesto Público Nacional,

(C. F.).
(febrero 23)
por la cual no designa promotor en el acuerdo de reestructuración de pasivos del muni-

La Directora General de Apoyo Fiscal, en uso de sus facultades legales, en especial
de las conferidas por los Decretos números 4646 de 2006 y 694 de 2000 y la Resolución
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos y 58 de la Ley 550 de 1999 y,
por el artículo 125 de la Ley 116 de 2006, que prorroga la vigencia de aquella, correspon-
de de manera exclusiva al Ministerio de Hacienda y Crédito Púbico la promoción de los
acuerdos de reestructuración de pasivos que en desarrollo de la Ley 550 de 1999 adelanten
las entidades territoriales;
Que la Resolución número 395 de 28 de febrero de 2000 asignó las funciones previstas
para el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a la Dirección General de Apoyo Fiscal;
Que mediante la Resolución número 164 del 31 de enero de 2011 se resolvió la promo-
ción del acuerdo de reestructuración de pasivos del municipio de Isnos-Huila;
Que en los procesos judiciales de que trata el artículo 26 de la Ley 550 de 1999, iniciados
ante la Superintendencia de Sociedades en contra de las actuaciones de los promotores de
los acuerdos de reestructuración de pasivos es necesaria la intervención de un apoderado
judicial con la calidad de abogado titulado;
Que el otorgamiento de poderes para la representación judicial del Ministerio de Ha-
cienda y Crédito Público se rige por lo dispuesto en la Resolución número 3133 del 19 de
octubre de 2010,
RESUELVE:
     -
dadanía número 79711386 de Bogotá, como promotor del acuerdo de reestructuración de
LA IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
Se permite informar que el Gobierno Nacional expidió el Decreto
número 053 de 2012, publicado en el   número
48.311 del 13 de enero de 2012, mediante el cual se corrige el
artículo 225 del Decreto número 019 de 2012. En consecuencia, se
debe continuar publicando en el Diario Único de Contratación, los
contratos suscritos por las entidades públicas del orden nacional
hasta el día 1° de junio de 2012, en los términos que dispone la
A partir de esta fecha quedarán derogados el parágrafo 3° del
artículo 41 de la Ley 80 de 1993, los artículos 59, 60, 61 y 62
de la Ley 190 de 1995 y el parágrafo 2° del artículo de la Ley

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR