Resolución número 2947 de 2012, por la cual se efectúan unas delegaciones en materia contractual y de ordenación de gasto, administración de personal y obligaciones tributarias - 9 de Octubre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 401565318

Resolución número 2947 de 2012, por la cual se efectúan unas delegaciones en materia contractual y de ordenación de gasto, administración de personal y obligaciones tributarias

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín48578

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, particularmente aquellas conferidas por el artículo 9º de la Ley 489 de 1998,

RESUELVE:

Artículo 1º Delegar funciones en materia Contractual y de Ordenación de Gasto con cargo al presupuesto de gastos de funcionamiento e inversión del Ministerio, en:

Viceministro General:

· La competencia contractual y ordenación del gasto derivada de la ejecución de los proyectos:

"Consolidación de los Sistemas Nacionales de Información-CSNI"; "Modernización de la Administración Financiera del Sector Publico-MAFP"; "Implantación y Fortalecimiento del Sistema de Información Financiera Territorial-FOSIT"; "Implantación del Programa de Concesiones y Privatizaciones".

Viceministro Técnico:

· El reconocimiento y ordenación del gasto y pago de las erogaciones con cargo a las apropiaciones vigentes y que el Ministerio deba realizar en el marco del proceso de ingreso del país a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

· La competencia contractual para los contratos de concurrencia, la ordenación del gasto y los pagos que atiendan la responsabilidad financiera a cargo de la Nación por cesantías y pensiones del extinto Fondo del Pasivo Prestacional para el Sector Salud, de que tratan los artículos 61 y 62 de la Ley 715 de 2001.

Secretario General:

· La competencia contractual y la ordenación del gasto, cuando su cuantía sea igual o superior a tres mil (3000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Director Administrativo:

· La competencia contractual y la ordenación del gasto, cuando su cuantía sea inferior a tres mil (3000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

· La competencia contractual de todos los convenios, contratos interadministrativos y en general de todos aquellos contratos que no tengan cuantía, siempre que se relacionen con el funcionamiento de la entidad.

· La ordenación de los gastos de funcionamiento, sin perjuicio de aquellos que se encuentren delegados en otros funcionarios.

Director de Apoyo Fiscal:

· El reconocimiento y pago de los gastos relacionados con viáticos y gastos de transporte que se causen por estos conceptos en el interior del...

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