Resolución Ejecutiva número 370 de 2013, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 27 de Diciembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 483871810

Resolución Ejecutiva número 370 de 2013, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín49016

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el Gobierno de la República del Ecuador, a través de su Embajada en nuestro país, mediante Nota Verbal número 4-2-262/2013 del 7 de junio de 2013, solicitó la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano colombiano Gilberto Pineros González, requerido por la Corte Nacional de Justicia, para que continúe cumpliendo con las sanciones impuestas por las autoridades judiciales ecuatorianas.

    En la mencionada Nota Diplomática señaló:

    "Por haberse evadido del Centro de Rehabilitación de Privación de Libertad de Personas Adultas en conflicto con la Ley de Guayaquil 'La Roca' el 12 de febrero del año en curso, donde se encontraba recluido cumpliendo una sentencia condenatoria impuesta por el Tribunal Primero de Garantías Penales de Pichincha...".

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación mediante Resolución del 11 de junio de 2013, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Gilberto Pineros González, identificado con la cédula de ciudadanía número 79147284, quien había sido detenido el 31 de mayo de 2013, con fundamento en una Notificación Roja de Interpol.

  3. Que la Embajada de la República del Ecuador en nuestro país, mediante Nota Verbal número 4-2-267/2013 del 12 de junio de 2013, allegó documentación relacionada con la solicitud de detención preventiva con fines de extradición del ciudadano Gilberto Piñeros González.

  4. Que la Embajada de la República del Ecuador en nuestro país, mediante Nota Verbal número 4-2-370/2013 del 22 de agosto de 2013, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Gilberto Pineros González.

  5. Que estando formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Gilberto Piñeros González, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio DIAJI/GCE número 1863 del 26 de agosto de 2013, conceptuó que los tratados aplicables al presente caso son el "Acuerdo sobre Extradición", suscrito el 18 de julio de 1911 y la "Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas", adoptada en Viena, el 20 de diciembre de 1988, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, numeral 2, el cual prevé:

    '"[...]

    Cada uno de los delitos a los que se aplica el presente artículo se considerará incluido entre los delitos que den lugar a extradición en todo tratado de extradición vigente entre las Partes. [...]".

  6. Que una vez perfeccionado el expediente de la solicitud de extradición del ciudadano Gilberto Piñeros González, el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante Oficio número OFI13-0022447- OAI-1100 del 2 de septiembre de 2013, lo remitió a la Sala de Casación Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia para el concepto correspondiente.

  7. Que la Sala de Casación Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia, mediante pronunciamiento del 4 de diciembre 2013, habiendo encontrado cumplidos los requisitos que exigen las normas aplicables al caso, conceptuó favorablemente a la...

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