Resolución Ejecutiva número 216 de 2013, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 15 de Julio de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 449405974

Resolución Ejecutiva número 216 de 2013, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín48852

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0309 del 19 de febrero de 2013, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Óscar García Londoño, requerido para comparecer a juicio por un delito federal de narcóticos relacionado con el lavado de dinero.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación mediante resolución del 7 de marzo de 2013, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Óscar García Londoño, identificado con la cédula de ciudadanía número 75034224, la cual se hizo efectiva el 14 de marzo de 2013, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0813 del 10 de mayo de 2013, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Óscar García Londoño.

    En dicha Nota se informa lo siguiente:

    "Óscar García Londoño es requerido para comparecer a juicio por un delito federal de narcóticos relacionado con el lavado de dinero. Es el sujeto de la Acusación Sustitutiva número Cr. 12-623(S-1) (CBA), dictada el 20 de diciembre de 2012, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York, mediante la cual se le acusa de:

    -- Cargo Uno: Concierto para realizar transacciones financieras y afectar el comercio interestatal e internacional mediante el traspasoy la entrega de dinero de los Estados Unidos que involucra las utilidades provenientes del tráfico de narcóticos, en violación del Título 21, Secciones 841(a)(1), 846, 952(a), 960 (a)(1) y 963 del Código de los Estados Unidos, con el conocimiento de que los bienes involucrados representaban las utilidades provenientes de alguna forma de actividad ilícita y a sabiendas de que las transacciones fueron diseñadas en su totalidad y en parte para ocultar y disfrazar la naturaleza, la ubicación, el origen, la propiedad y el control de las utilidades de la actividad ilícita especificada, lo cual es en contra del Título 18, Sección 1956 (a)(1)(B)(i); todo en violación del Título 18, Secciones 1956(h) y 3551 et seq. del Código de los Estados Unidos.

    (...)

    Un auto de detención contra Óscar García Londoño por este cargo fue dictado el 27 de septiembre de 2012, por orden de la Corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (...)

    Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Óscar García Londoño, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio DIAJI/GCE número 0978 del 14 de mayo de 2013, señaló que "se encuentra vigente entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América, la 'Convención de Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas', suscrita en Viena el 20 de diciembre de 19881, Sin perjuicio de lo anterior, el artículo 6º, numerales 4 y 5 del precitado...

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