Resolución Ejecutiva número 218 de 2013, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 19 de Julio de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 450224178

Resolución Ejecutiva número 218 de 2013, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín48856

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 509 de la Ley 600 de 2000, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 2393 del 23 de julio de 2010, el Gobierno de Italia, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la extradición del ciudadano colombiano Joaquín Antonio Aristizábal Vásquez, requerido por el Tribunal de Brescia, por los delitos imputados en el Decreto que dispone el juicio del 13 de febrero de 2009.

  2. que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Joaquín Antonio Aristizábal Vásquez, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio DIAJI, E. 01455 del 23 de julio de 2010, conceptuó que por no existir tratado aplicable al caso en mención, es procedente obrar de conformidad con el ordenamiento penal colombiano.

  3. Que en atención a la solicitud, el Fiscal General de la Nación (E.) mediante Resolución del 8 de septiembre de 2010, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Joaquín Antonio Aristizábal Vásquez, identificado con la cédula de ciudadanía número 12227897, la cual no se ha hecho efectiva hasta la fecha.

  4. que perfeccionado así el expediente de extradición del ciudadano Joaquín Antonio Aristizábal Vásquez, el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante Oficio número 5899 del 18 de febrero de 2011, lo remitió a la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia para el concepto correspondiente.

  5. Que la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia, mediante providencia del 26 de junio de 2013, habiendo encontrado cumplidos los requisitos que exigen las normas aplicables al caso, conceptuó favorablemente a la extradición del ciudadano Joaquín Antonio Aristizábal Vásquez.

    Sobre el particular la honorable Corporación manifestó:

    "Por lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Conceptúa Favorablemente ante la solicitud de extradición del ciudadano colombiano Joaquín Antonio Aristizábal Vásquez, efectuada por el Gobierno de Italia mediante Nota Verbal del 23 de julio de 2010, por los cargos imputados en el decreto que dispone juicio, emitido por el Tribunal Civil y Penal de Brescia.

    "CONDICIONES QUE DEBE IMPONER EL GOBIERNO SI AUTORIZA LA EXTRADICIÓN

    Ante la eventual determinación positiva del Gobierno Nacional, en todo caso, respetando la órbita de su competencia como Supremo Director de las relaciones internacionales, la Corte considera pertinente recordar que debe someter la extradición a los siguientes condicionamientos al país requirente:

    "1. Excluir las penas de muerte, la condena a prisión perpetua, el sometimiento a desaparición forzada, torturas, tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, la sanción de destierro, o confiscación para los delitos...

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