Resolución Ejecutiva número 242 de 2013, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 12 de Agosto de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 453953202

Resolución Ejecutiva número 242 de 2013, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín48880

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0240 del 7 de febrero de 2013, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano José Hebert Díaz Trochez, requerido para comparecer a juicio por un delito federal de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación mediante Resolución del 21 de febrero de 2013, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano José Hebert Díaz Trochez, identificado con la cédula de ciudadanía número 94308776, la cual se hizo efectiva el 27 de febrero de 2013 por miembros de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0714 del 22 de abril de 2013, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano José Hebert Díaz Trochez.

    En dicha Nota se informa lo siguiente:

    "José Hebert Díaz Trochez es requerido para comparecer a juicio por un delito federal de narcóticos. Es el sujeto de la acusación sustitutiva número S1 12 Cr. 969, dictada el 22 de enero de 2013, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, mediante la cual se le acusa de:

    -- Cargo Uno: Concierto para importar a los Estados Unidos, y para fabricar y distribuir un kilogramo y más de heroína, con el conocimiento de que dicha heroína sería importada a los Estados Unidos, en violación del Título 21, Secciones 952(a), 959(a) y (c), 960(b)(1)(A) y 963 del Código de los Estados Unidos y del Título 18, Sección 3238 del Código de los Estados Unidos.

    (... )

    Un auto de detención contra José Hebert Díaz Trochez por este cargo fue dictado el 22 de enero de 2013, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (.)

    Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano José Hebert Díaz Trochez, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI/GCE número 0777 del 22 de abril de 2013, señaló que "se encuentra vigente entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América, la 'Convención de Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas', suscrita en Viena el 20 de diciembre de 19881. Sin perjuicio de lo anterior, el artículo 6º, numerales 4 y 5 del precitado instrumento internacional disponen lo siguiente:

    '[...]

    Artículo 6 Extradición

    4. Las Partes que no supediten la extradición a la existencia de un tratado reconocerán los delitos a los que se aplica el presente artículo como casos de extradición entre ellas.

    5. La extradición estará sujeta a las condiciones previstas...

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