Resolución Ejecutiva número 266 de 2013, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 12 de Septiembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 460768158

Resolución Ejecutiva número 266 de 2013, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín48911

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0249 del 7 de febrero de 2013, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Jean Tyrone Carvajal Hurtado, requerido para comparecer ajuicio por delitos federales de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante resolución del 21 de febrero de 2013, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Jean Tyrone Carvajal Hurtado, identificado con la Cédula de Ciudadanía número 8430996, la cual se hizo efectiva el 27 de febrero de 2013, por miembros de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0680 del 19 de abril de 2013, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Jean Tyrone Carvajal Hurtado.

    En dicha Nota se informa lo siguiente:

    "Jean Tyrone Carvajal Hurtado es requerido para comparecer ajuicio por delitos federales de narcóticos. La Embajada tiene el honor de informar al Ministerio que entre la fecha de la nota diplomática anteriormente mencionada número 0249, y la fecha de esta nota, la acusación sustitutiva número S5-12-CR-859 (VM) fue sustituida para enmendar el Cargo Uno. De conformidad, Jean Tyrone Carvajal Hurtado es ahora el sujeto de la acusación sustitutiva número S9 12 Cr. 859 (VM), dictada el 20 de febrero de 2013, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, mediante la cual se le acusa de:

    -- Cargo Uno: Concierto para distribuir, y poseer con la intención de distribuir, un kilogramo y más de heroína, cinco kilogramos y más de cocaína y 50 kilogramos y más de marihuana, en violación del Título 21, Secciones 841(a)(1), 841(b)(1)(A), 841(b)(1)(C) y 846 del Código de los Estados Unidos; y

    -- Cargo Dos: Concierto para importar a los Estados Unidos desde un lugar fuera de los Estados Unidos un kilogramo y más de heroína y cinco kilogramos y más de cocaína, en violación del Título 21, Secciones 952(a), 960(b)(1)(A), 960(b)(1)(B)(ii) y 963 del Código de los Estados Unidos.

    (...)

    Un nuevo auto de detención contra Jean Tyrone Carvajal Hurtado por estos cargos fue dictado el 20 de febrero de 2013, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (.)

    El marco de tiempo de los delitos de concierto y que aparecen en la acusación sus-titutiva, abarca desde marzo de 2012 hasta diciembre de 2012. Por lo tanto, todas las acciones delictivas fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Jean Tyrone Carvajal Hurtado, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI/GCE número 0768 del 22 de abril de 2013, conceptuó que "se encuentra vigente entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América, la 'Convención de Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas', suscrita en Viena el 20 de diciembre de 19881. Sin perjuicio de lo anterior, el artículo 6º, numerales 4 y 5 del precitado...

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