Acuerdo número 030 de 2009, por el cual se fijan criterios de elegibilidad, viabilidad y requisitos básicos de los proyectos de Inversión a ser financiados con los recursos de que trata el artículo 71 de la Ley 1260 de 2008. - 19 de Agosto de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 64831789

Acuerdo número 030 de 2009, por el cual se fijan criterios de elegibilidad, viabilidad y requisitos básicos de los proyectos de Inversión a ser financiados con los recursos de que trata el artículo 71 de la Ley 1260 de 2008.

EmisorVarios
Número de Boletín47446

El Consejo Asesor de Regalias, en ejercido de sus facultades, en especial las que le confiere el numeral 3 del articulo 51 del Decreto 195 de 2004, modificado por el articulo 14 del Decreto 4355 de 2005, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 195 de 2004, se crea el Consejo Asesor de Regalias como una instancia de apoyo y asesoria al Departamento Nacional de Planeacion en la determinacion de las pautas y requisitos que deben ser cumplidos por las entidades territoriales, tendientes a la adecuada utilizacion de los recursos del Fondo Nacional de Regalias, de las regalias y compensaciones y su articulacion a los planes territoriales y al Plan Nacional de Desarrollo;

Que de acuerdo con el numeral 3 del articulo 51 del Decreto 195 de 2004, modificado por el articulo 14 del Decreto 4355 de 2005 y adicionado por el articulo 38 del Decreto 416 de 2007, al Consejo Asesor de Regalias le corresponde señalar los criterios de elegibilidad de los proyectos que sean susceptibles de ser financiados o cofinanciados con recursos del Fondo Nacional de Regalias;

Que el articulo 71 de la Ley 1260 de 2008, por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009" dispuso que "con los recursos del saldo disponible del Fondo Nacional de Regalias a 31 de diciembre de 2007, se podran financiar los proyectos de inversion de que trata el articulo 116 de la Ley 1151 de 2007, los cuales seran presentados por los Ministerios sectoriales competentes para aprobacion del Consejo Asesor de Regalias, y se ejecutaran por quien este designe, en beneficio de las entidades territoriales;

Que el articulo 116 de la Ley 1151 de 2007, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006 - 2010 establece: "Destinacion Recursos Fondo Nacional de Regalias. Los recursos que se apropien en cada vigencia fiscal al Fondo Nacional de Regalias, correspondiente al paragrafo 3° del articulo de la Ley 141 de 1994, seran destinados principalmente a proyectos de Inversion en el Rio Magdalena para la recuperacion del Canal navegable y atencion de inundaciones a traves de Cormagdalena y de las entidades territoriales ribereñas;

prevencion y atencion de desastres naturales o situaciones de calamidad publica a nivel nacional y en especial para la region de La Mojana;

se priorizaran entre otros a la recuperacion del Macizo Colombiano, y al sector educativo orientados a...

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