Resolución número 13256 de 2007, por la cual se conforman los Comités de Emergencias en el Nivel Central y en las Administraciones Especiales, Locales y Delegadas de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Emisor | Unidades Administrativas Especiales |
Número de Boletín | 46812 |
El Director General de la Unidad Administrativa Especial Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas en el literal w) del articulo 19 del Decreto 1071 de 1999 y en el articulo 25 del Decreto 614 de 1984, y CONSIDERANDO:
Que la Ley 9ª de 1979 -Codigo Sanitario Nacional- establece que las entidades deben contar con Planes de Emergencias dentro del marco legal y reglamentario propio de la salud ocupacional;
Que el Decreto 919 de 1989, mediante el cual se crea el Sistema Nacional de Prevencion y Atencion de Desastres, asigna funciones y responsabilidades a las empresas de los sectores publico privado y organiza los comites de emergencias como organismos destinados a la atencion y prevencion de las emergencias que pueden presentarse;
Que la Resolucion 1016 del 31 de marzo de 1989 del Ministerio de Salud establece que toda empresa debe organizar y desarrollar un Plan de Emergencias para la prevencion y atencion de desastres;
Que mediante Resoluciones 11370 del 26 septiembre y 15173 del 18 de diciembre, ambas de 2006, el Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales designa los representantes por parte del empleador al Comite Paritario de Salud Ocupacional;
Que mediante Resolucion 004134 del 16 de abril de 2007 se adopta el Programa de Salud Ocupacional de la Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales, el cual establece dentro de su contenido la elaboracion e implementacion del Plan de Emergencias en la entidad, RESUELVE:
El Director General o su delegado, quien lo presidira.
-
El Secretario General o su delegado.
-
El Secretario de Desarrollo Institucional o su delegado.
-
El Jefe de la Brigada de Emergencias de cada centro de trabajo, entendiendose por centro de trabajo cada una de las edificaciones con que cuenta el nivel central.
-
Un representante del Comite Paritario de Salud Ocupacional (COPASO), el cual sera elegido en reunion plena del comite paritario, designacion que debera quedar...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba