Resolución número 2856 de 2007, por la cual se revoca en forma directa el derecho sobre unos Títulos de Tesorería - - Ley 546 entregados para pagar los abonos hipotecarios de que trata la Ley 546 de 1999. - 26 de Octubre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51606295

Resolución número 2856 de 2007, por la cual se revoca en forma directa el derecho sobre unos Títulos de Tesorería - - Ley 546 entregados para pagar los abonos hipotecarios de que trata la Ley 546 de 1999.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín46793

La Viceministra de Hacienda y Credito Publico, encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Credito Publico, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el numeral 33 del articulo del Decreto 4646 de 2006, los articulos 40 a 42 de la Ley 546 de 1999 y los Decretos 249 y 2221 de 2000, 712 de 2001 y 2739 de 2003, y CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley 546 de 1999 los abonos y reliquidaciones hipotecarias de que trata la misma se hicieron con el fin de contribuir a hacer efectivo el derecho constitucional a la vivienda;

Que mediante lo dispuesto en los Decretos 249 y 2221 de 2000, 712 de 2001 y 2739 de 2003, hay causales que generan la perdida del alivio establecido en los articulos 40 y siguientes de la Ley 546 de 1999, si este ya se ha efectuado;

en consecuencia este debe ser reversado y devuelto a la Nacion junto con los respectivos intereses pagados;

Que previa verificacion, la Superintendencia Financiera de Colombia remitio a la Direccion General de Credito Publico y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Credito Publico informacion individual de cada uno de los deudores a quienes se les reverso el alivio por presentar alguna de las causales definidas en las normas mencionadas en el considerando anterior, debidamente certificada por los representantes legales y los revisores fiscales de las siguientes entidades asi: Entidad NIT Radicacion MHCP Alivios en UVR Banco Comercial AV Villas S.A. 860,035,827-5 1-2007-054875 430 BBVA Colombia 860.003.020-1 1-2007-054865 77.480 BBVA Colombia 860.003.020-1 1-2007-054865 11.310 BBVA Colombia 860.003.020-1 1-2007-054873 59.730 BBVA Colombia 860.003.020-1 1-2007-054873 26.520 BBVA Colombia 860.003.020-1 1-2007-054876 19.340 BBVA Colombia 860.003.020-1 1-2007-057056 91.140 BCSC S.A. 860.007.335-4 1-2007-054867 8.130 BCSC S.A. 860.007.335-4 1-2007-054869 6.080 BCSC S.A. 860.007.335-4 1-2007-054871 22.590 BCSC S.A. 860.007.335-4 1-2007-057054 1.014.020 Central de Inversiones S.A. 860.042.945-5 1-2007-054864 9.290 Davivienda S.A. 860.034.313-7 1-2007-054613 72.520 Davivienda S.A. 860.034.313-7 1-2007-054613 1.150 Davivienda S.A. 860.034.313-7 1-2007-054614 190.910 Davivienda S.A. 860.034.313-7 1-2007-054616 12.570 Davivienda S.A. 860.034.313-7 1-2007-054617 9.350 Davivienda S.A...

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