V A R I O S Dirección de Personal de Establecimientos Educativos de la Secretaría de Educación del departamento de Cundinamarca El Profesional Especializado de la Dirección de Personal de Establecimientos Educativos de la Secretaría de Educación del departamento de Cundinamarca, cita y emplaza a todas las personas que se crean con derecho a reclamar prestaciones sociales y económicas de la docente Bejarano Martínez Ana Yamile - 24 de Diciembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 74584914

V A R I O S Dirección de Personal de Establecimientos Educativos de la Secretaría de Educación del departamento de Cundinamarca El Profesional Especializado de la Dirección de Personal de Establecimientos Educativos de la Secretaría de Educación del departamento de Cundinamarca, cita y emplaza a todas las personas que se crean con derecho a reclamar prestaciones sociales y económicas de la docente Bejarano Martínez Ana Yamile

EmisorVarios
Número de Boletín47573

olidaridad a su esposa Himelda Galindo de Cuellar a sus hijos Luis Fernando, Norma Victoria y Paola Adriana, demas familiares y allegados. Articulo 2°. El Gobierno Nacional expresa su mas profundo dolor y se solidariza con el luto de los familiares del doctor Luis Francisco Cuellar Carvajal. Articulo 3°. Copia del presente decreto se hara llegar en nota de estilo a sus familiares. Articulo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedicion. Publiquese y cumplase.

Dado en Bogota, D. C., a 24 de diciembre de 2009.

ALVARO URIBE VELEZ El Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio.

DIARIO OFICIAL Libertad y Orden * I S S N 0122-2112 PublIca numero 1.112 Ministerio del interior y de Justicia DECRETO NUMERO 4983 DE 2009 El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los articulos 189 y 303 de la Constitucion Politica y 66 de la Ley 4ª de 1913, y CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 4910 del 16 de diciembre de 2009, se acepto la renuncia presentada por el señor Oscar de Jesus Lopez Cadavid, Gobernador del departamento del Guaviare y se derogo el Decreto 1046 del 27 de marzo de 2009, a traves del cual se encargo de las funciones de su Despacho al doctor Jose Fernando Gonzalez Ulloa. Que el inciso 3° del articulo 303 de la Constitucion Politica, establece: "Siempre que se presente falta absoluta a mas de dieciocho (18) meses de la terminacion del periodo, se elegira gobernador para el tiempo que reste. En caso de que faltare menos de dieciocho (18) meses, el Presidente de la Republica designara un Gobernador para lo que reste del periodo, respetando el partido, grupo politico o coalicion por el cual fue inscrito el gobernador elegido".

Que de conformidad con lo señalado por la Corte Constitucional en la Sentencia C-448 de 1997, con el fin de evitar vacios de poder o de autoridad, se hace necesario encargar de las funciones del Despacho de Gobernador del departamento del Guaviare a un ciudadano y convocar a elecciones para escoger mandatario seccional, DECRETA:

Articulo 1° Encargar de las funciones del Despacho del Gobernador del departamento al señor Fabio Acevedo, identificado con la cedula de ciudadania numero 16609424 de Cali, Valle del Cauca, quien se desempeña en el cargo de Secretario Administrativo de la misma Gobernacion.
Articulo 2° Convocar a elecciones para escoger Gobernador del departamento del Guaviare para el dia 28 de febrero de 2010, de acuerdo a la fecha acordada con la Registraduria Nacional de Estado Civil.
Articulo 3° Este decreto rige a partir de la fecha de su expedicion. Publiquese, comuniquese y cumplase.

Dado en Bogota, D. C., a 24 de diciembre de 2009.

ALVARO URIBE VELEZ El Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio.

DECRETO NUMERO 4984 DE 2009 (diciembre 24) por el cual se designa Gobernador del departamento del Putumayo (e).

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los articulo 304 de la Constitucion Politica y 66 de la Ley 4ª de 1913, y CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento del fallo del 14 de octubre de 2009, proferido por la Procuraduria Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa, a traves del cual ordeno la suspension provisional por el termino de tres (3) meses, contra el implicado Felipe Alfonso Guzman Mendoza, identificado con la cedula de ciudadania numero 2571934, en su condicion de Gobernador del departamento del Putumayo para la epoca de los hechos, dentro del Radicado numero IUS 2009-154274, el Gobierno Nacional expidio el Decreto 3980 del 15 de octubre de 2009. Bogota, D. C., jueves 24 de diciembre de 2009 2 Que de conformidad con lo establecido en la Sentencia C-448 de 1997, con el fin de evitar vacios de poder o de autoridad, se estima oportuno encargar de las funciones del Despacho del Gobernador del departamento del Putumayo a un ciudadano, mientras dura la suspension del titular, DECRETA:

Articulo 1° Encargar provisionalmente de las funciones del Despacho del Gobernador del departamento del Putumayo, al doctor Adrian Alejandro Revelo Jurado, identificado con la cedula de ciudadania numero 18188094 expedida en Puerto Asis-Putumayo. Articulo 2°

El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedicion.

Publiquese, comuniquese y cumplase.

Dado en Bogota, D. C., a 24 de diciembre de 2009.

ALVARO URIBE VELEZ El Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio.

DECRETO NUMERO 4998 DE 2009 (diciembre 24) por el cual cesan los efectos del Decreto 4949 del 18 de diciembre de 2009.

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los articulos 189 y 304 de la Constitucion Politica y 66 de la Ley 4ª de 1913, en concordancia con el articulo 157 de la Ley 734 de 2002, y CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento del Auto del 18 de diciembre de 2009, proferido por la Procuraduria Delegada para la Descentralizacion y las Entidades Territoriales, dentro del expediente radicado bajo el numero IUC-D-2009-643-180014, mediante el cual suspendio provisionalmente del cargo de Gobernador del departamento de Casanare al señor Oscar Raul Ivan Florez Chavez, por el termino de tres (3) meses, sin derecho a remuneracion, el Gobierno Nacional expidio el Decreto 4949 del 18 de diciembre de 2009. Que el Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Yopal, Casanare, mediante Auto del 23 de diciembre de 2009, dentro del Proceso de Tutela numero 2009-625 ordeno suspender la aplicacion del Acto Administrativo fechado 18 de diciembre de 2009, proferido por la Procuraduria Delegada para la Descentralizacion y las Entidades Territoriales, mediante el cual se resolvio: "Suspender provisionalmente como medida precautelativa, del cargo de Gobernador del departamento del Casanare al señor Oscar Raul Ivan Florez Chavez, por el termino de tres meses, sin derecho a remuneracion...".

Que la Procuraduria Delegada para la Descentralizacion y las Entidades Territoriales, mediante Auto del 23 de diciembre de 2009, radicado bajo el numero IUC-D-2009-643-180014, dispuso informar al Gobierno Nacional el contenido del Auto proferido por el señor Juez Primero Promiscuo de Familia de Yopal-Casanare, para que de cumplimiento a lo dispuesto, ajustandose a la normatividad vigente. Que con el fin de dar cumplimiento a la decision del Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Yopal, Casanare, mediante Auto del 23 de diciembre de 2009, proferido dentro del Expediente numero 2009-625 y al Auto de la misma fecha, dictado por la Procuraduria Delegada para la Descentralizacion y las Entidades Territoriales, se hace necesario cesar los efectos del Decreto 4949 del 18 de diciembre de 2009, DECRETA:

Articulo 1°

Cesar los efectos del Decreto 4949 del 18 de diciembre de 2009, por el cual se suspendio provisionalmente en el ejercicio del cargo de Gobernador del departamento del Casanare al señor Oscar Raul Ivan Chavez Florez, en cumplimiento de la decision del Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Yopal, Casanare, adoptada mediante Auto del 23 de diciembre de 2009, proferido dentro del Expediente numero 2009-625, y el Auto de la misma fecha, dictado por la Procuraduria Delegada para la Descentralizacion y las Entidades Territoriales, y de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.

Articulo 2° Este decreto rige a partir de la fecha de su expedicion.

Publiquese, comuniquese y cumplase.

Dado en Bogota, D. C., a 24 de diciembre de 2009.

ALVARO URIBE VELEZ El Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio.

resoluciones ejecutivas RESOLUCION EJECUTIVA NUMERO 359 DE 2009 (diciembre 24) por la cual se decide el recurso de reposicion interpuesto contra la Resolucion Ejecutiva numero 299 del 8 de octubre de 2009.

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el articulo 491 de la Ley 906 de 2004, conforme a lo previsto en el articulo 50 del Codigo Contencioso Administrativo, y CONSIDERANDO:

1. Que mediante Resolucion Ejecutiva numero 299 del 8 de octubre de 2009, el Gobierno Nacional concedio la extradicion del ciudadano colombiano Marcial Sanchez Cuero, identificado con la cedula de ciudadania numero 5302198, para que comparezca a juicio por el cargo Uno (Concierto para poseer con la intencion de distribuir cinco kilogramos o mas de cocaina, mientras se encontraba a bordo de una embarcacion sujeta a la jurisdiccion de los Estados Unidos) y parcialmente por el cargo Dos (Ayuda y facilitacion de la posesion, con la intencion de distribuir cinco kilogramos o mas de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR