Resolución número 001318 de 2014, por la cual se establece el horario de trabajo y de atención al público en la Superintendencia Nacional de Salud - 16 de Julio de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 520180674

Resolución número 001318 de 2014, por la cual se establece el horario de trabajo y de atención al público en la Superintendencia Nacional de Salud

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín49214

El Superintendente Nacional de Salud, en ejercicio de sus facultades legales, especialmente las señaladas en la Ley 962 de 2005, el Decreto número 1876 de 1970 y el numeral 1 del artículo del Decreto número 2462 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º del Decreto número 1876 de 1970 establece que el horario de trabajo en los Ministerios, Departamentos y Superintendencias y Establecimientos Públicos, será determinado por el jefe del respectivo organismo.

Que el artículo 2º del respectivo decreto prevé que las oficinas de la administración pública nacional, mediante resolución, fijarán el horario de atención al público, los sistemas de registro de hora de entrada y salida, las sanciones por ausencias y retardos, los procedimientos para el otorgamiento de permisos y las demás disposiciones a que hubiere lugar sobre la materia.

Que el artículo 33 del Decreto número 1042 de 1978 dispone la jornada laboral de los servidores públicos de los establecimientos del orden nacional, corresponde a jornadas de cuarenta y cuatro (44) horas semanales.

Que el artículo 27 y el numeral 11 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002 señalan que los servidores públicos deben dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas, salvo las excepciones legales; y que las faltas disciplinarias se realizan por acción y omisión en el cumplimiento de los deberes propios del empleo o función.

Que la Superintendencia Nacional de Salud realizó una encuesta sobre jornada laboral flexible, presentando a consideración de los funcionarios cuatro (4) propuestas para elegir la de su preferencia, proceso cuyo resultado es el que se describe a continuación:

  1. Horario Laboral de 7:00 a. m. a 4:00 p. m., incluida una hora de almuerzo: 44%

  2. Horario Laboral de 8:00 a. m. a 5:00 p. m., incluida una hora de almuerzo: 26%

  3. Horario Laboral de 9:00 a. m. a 6:00 p. m., incluida una hora de almuerzo: 14%

  4. Horario Laboral de 6:00 a. m. a 3:00 p. m., incluida una hora de almuerzo: 12%

  5. Horario Laboral de 9:30 a. m. a 6:30 p. m., incluida una hora de almuerzo: 4%

Que con el fin de promover el bienestar y calidad de vida de los...

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