Resolución número 0122 de 2013, por la cual se adopta el Sistema de Estímulos e Incentivos pan los servidores públicos de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación - 9 de Abril de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 431061794

Resolución número 0122 de 2013, por la cual se adopta el Sistema de Estímulos e Incentivos pan los servidores públicos de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección Nacional de Estupefacientes
Número de Boletín48756

La suscrita representante legal de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación, en ejercido del poder general con representación, otorgado, mediante Escritura Pública número 1777 del 7 de octubre de 2011, de la Notaría 26 de Bogotá, por Fiduciaria La Previsora S. A. obrando como Liquidadora de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación, poder general otorgado con fundamento a lo establecido en el Decreto número 3183 del 2 de septiembre de 2011, adicionado y modificado por los Decretos números 4588 del 2 de diciembre de 2011, 319 del 7 de febrero de 2012 y 1420 del 29 de junio de 2012, Ley 909 de 2004 y Decretos números 1227 de 2005, 1950 de 1973, Decreto-ley 1567 de 1998, Ley 734 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 17 del Decreto-ley 1567 de 1998, dispuso que la competencia y responsabilidad del sistema de estímulos de los empleadas estará a cargo de las entidades públicas del orden nacional, quienes actuarán con autonomía administrativa en el marco de las disposiciones vigentes para diseñar en su interior y poner en marcha en coordinación con otras entidades, entre otros, sus programas de incentivos bajo la dirección y asesoría del Departamento Administrativo de la Función Pública;

Que conforme al Título IV, artículo 33, numeral 5 de la Ley 734 de 2002, Código Disciplinario Único, es un derecho de los servidores públicos disfrutar de estímulos e incentivos de acuerdo con las disposiciones legales vigentes;

Que el Decreto número 1227 de 2005, por la cual se reglamentó parcialmente la Ley 909 de 2004 y el Decreto-ley 1567 de 1998, en su Capítulo II, reglamenta los planes de estímulos e incentivos para los servidores públicos del Estado y establece que las entidades deberán organizar programas de estímulos, con el fin de motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus empleados;

Que el artículo 76 del Decreto número 1227 de 2005, estipula que los planes de incentivos, enmarcados dentro de los planes de bienestar social, tienen por objeto otorgar reconocimiento por el buen desempeño, propiciando así una cultura de trabajo orientada a la calidad y productividad bajo un esquema de mayor compromiso con los objetivos de la entidad;

Que de acuerdo al parágrafo del artículo 78 del Decreto número 1227 de 2005, establece que el desempeño laboral de los empleados de libre nombramiento y remoción de la Gerencia Pública, se efectuará de acuerdo con el sistema de evaluación de gestión prevista en el presente decreto. Los demás empleados de libre nombramiento y remoción serán evaluados con los criterios y los instrumentos que se aplican en la entidad para los empleados de carrera;

Que mediante Resolución número 0403 del 12 de febrero de 2010 se revocó la Resolución número 0811 del 23 de junio de 2008 y se adoptó un nuevo Sistema de Estímulos para los Funcionarios de la Dirección Nacional de Estupefacientes hoy en Liquidación;

Que mediante Resolución número 0158 del 2 de marzo 2012 se fusionaron los Comités de Convivencia Laboral y de Estímulos de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación y, en consecuencia, se derogó la Resolución número 0403 del 12 de febrero de 2010;

Que mediante Resolución número 0241 del 17 de abril de 2012 se modificó el artículo 2º de la Resolución número 0158 del 2 de marzo de 2012;

Que mediante Resolución número 0789 de 16 de noviembre de 2012, se estableció la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación y se derogaron las Resoluciones números 158 del 2 de marzo de 2012 y 0241 del 7 de abril de 2012;

Que mediante Decreto número 3183 del 2 de septiembre de 2011 se suprimió la Dirección Nacional de Estupefacientes y se ordenó su liquidación;

Que el numeral 7 del artículo del Decreto número 3183 de septiembre de 2011 define como función del liquidador "Ejecutar los actos que tiendan a facilitar la preparación y realización de una liquidación rápida y efectiva". A su vez, el numeral 11 del mismo artículo define como función la de "Celebrar los actos y contratos requeridos para el debido desarrollo de la liquidación y representar a la Entidad en las sociedades, asociaciones y entidades en que sea socia o accionista";

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

TÍTULO I Artículos 1 a 8

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I

Adopción, objetivos y principios del sistema de estímulos

Artículo 1º Adopción del Sistema de Estímulos.

Adóptese el sistema de estímulos para los servidores públicos de la Dirección Nacional de Estupefacientes hoy en Liquidación, el cual estará integrado por los programas de incentivos.

Artículo 2º Definición.

Por sistema de estímulos se entiende el conjunto interrela-cionado de políticas, estrategias, planes y acciones orientados a elevar la competitividad institucional a través del incremento de los niveles de satisfacción, motivación, desarrollo y reconocimiento de los empleados de la entidad.

Artículo 3º Objetivos del Sistema de Estímulos.

El Sistema de estímulos de la Dirección Nacional de Estupefacientes hoy en Liquidación tendrá como principales objetivos los siguientes:

  1. Fomentar el desarrollo del potencial profesional y humano de los funcionarios, incrementando la satisfacción laboral, generando actitudes favorables frente a la prestación de los diferentes servicios.

  2. Fortalecer el manejo integral de los procesos de administración del talento humano, en función del desempeño eficiente y eficaz de los funcionarios de la Dirección Nacional de Estupefacientes hoy en Liquidación.

  3. Recompensar el desempeño exitoso de los funcionarios, de los equipos de trabajo y exaltar la antigüedad laboral de los funcionarios.

  4. Consolidar una cultura de control organizacional que garantice la idoneidad y fortalecimiento de la entidad a través del mejoramiento continuo de la calidad de los procesos.

Artículo 4º Principios.

Los principios que fundamentan el sistema de estímulos para los funcionarios de la Dirección Nacional de Estupefacientes hoy en Liquidación son:

  1. Objetividad y Transparencia. Los procesos que conduzcan a la toma de decisiones para el manejo del programa de incentivos deben fundarse en criterios y procedimientos técnicos, objetivos, los cuales serán conocidos por todos los miembros de la entidad.

  2. Equidad y Justicia. El programa deberá procurar actitudes de reconocimiento en igualdad de oportunidades, de tal manera que la valoración de los mejores desempeños o trabajos motive a los demás para que sigan mejorando.

  3. Desarrollo Personal. Toda actividad laboral deberá brindar la oportunidad para que las personas crezcan en sus múltiples dimensiones; cognoscitiva, afectiva, valorativa, ética, social y técnica, donde se potencien sus habilidades creativas, mejorando al tiempo la gestión institucional.

CAPÍTULO II Artículos 5 a 8

Del Comité de Estímulos e Incentivos

Artículo 5º Creación del Comité de Estímulos eIncentivos.

Créase el Comité de Estímulos e Incentivos, responsable del desarrollo de este programa, el cual estará conformado así:

  1. LaApoderada General de la Liquidadora, o su delegado, quien lo presidirá y convocará.

  2. El Gestor de la Unidad Jurídica.

  3. El Asesor de Asuntos de Personal, quien ejercerá como Secretaria Técnica.

  4. Dos Representantes de los Empleados ante la Comisión de Personal.

Parágrafo 1º. Actuarán como invitados, el servidor público a quien le hayan delegado las funciones de la Oficina Asesora de Planeación, conforme a lo establecido en el numeral 8 del artículo 23 de la presente resolución y el Jefe de la Oficina de Control Interno, quienes actuarán con voz, pero no con voto.

Parágrafo 2º. En caso de impedimento de algunos de los integrantes del Comité de Estímulos e Incentivos, los demás designarán un nuevo miembro para que lo reemplace.

Artículo 6º Funciones del Comité de Estímulos e Incentivos.

El Comité tendrá las siguientes funciones:

  1. Proponer los instrumentos o criterios de medición y evaluación de las actividades laborales realizadas, estudios de investigación, ideas innovadoras, proyectos o propuestas presentadas, de acuerdo con los parámetros y criterios generales, para la asignación de estímulos e incentivos señalados en la presente resolución.

  2. Establecer anualmente, con amplia socialización, promoción y aplicación las condiciones para participar en el programa, su cronograma y los criterios de evaluación.

  3. Definir anualmente las características, tipos y cuantía de los premios a entregar de acuerdo con la reglamentación y los recursos destinados para tal fin, en el presupuesto de la entidad, incluyendo varias alternativas que cubran las expectativas de todos los niveles jerárquicos.

  4. Realizar el estudio, verificación y cumplimiento de...

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