Decreto número 4950 de 2011, por el cual se expide el presupuesto del Sistema General de Regalías para la vigencia fiscal de 2012. - 30 de Diciembre de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 342536414

Decreto número 4950 de 2011, por el cual se expide el presupuesto del Sistema General de Regalías para la vigencia fiscal de 2012.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín48298
339
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MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
DECRETOS
DECRETO NÚMERO 4950 DE 2011
(diciembre 30)
por el cual se expide el presupuesto del Sistema General de Regalías para la vigencia
fiscal de 2012.
El Presidente de la República de Colombia, En uso de sus facultades constitucionales y
legales, en especial, las conferidas por el parágrafo 6 transitorio del artículo 2 del Acto
Legislativo 05 de 2011, modificatorio del artículo 361 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el 18 de julio de 2011 fue promulgado el Acto Legislativo 05 de 2011 “Por el cual se
constituye el Sistema General de Regalías, se modifican los artículos 360 y 361 de la
Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el régimen de regalías y
compensaciones”.
Que el parágrafo 1° del artículo 2° del Acto Legislativo 05 de 2011, modificatorio del
artículo 361 de la Constitución Política estableció que los recursos del Sistema General de
Regalías no harán parte del Presupuesto General de la Nación, ni del Sistema General de
Participaciones, y que el Sistema General de Regalías tendrá su propio sistema
presupuestal.
Que el parágrafo transitorio del artículo del Acto Legislativo 05 de 2011,
modificatorio del artículo 361 de la Constitución Política, señaló que el Sistema Genera l de
Regalías regirá a partir del 1° de enero de 2012.
Que mediante el parágrafo 6° transitorio del artículo 2° del Acto Legislativo 05 de 2011,
modificatorio del artículo 361 de la Constitución Política, y con el fin de asegurar la
ejecución de los recursos en la vigencia 2012, se habilitó al Gobierno Nacional expedir el
presupuesto del Sistema General de Regalías para la citada vigencia fiscal, mediante un
decreto con fuerza de ley.
Que mediante el Decreto-ley 4923 de 2011 se establecieron los criterios de distribución de
los recursos que integran el Sistema General de Regalías, al igual que se definieron unas
destinaciones y beneficiarios particulares en el marco de lo dispuesto por el Acto
Legislativo 05 de 2011.
DECRETA:
TÍTULO I
PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS
Artículo 1°. Presupuesto de Ingresos del Sistema General de Regalías. Fíjense los
cómputos del presupuesto de ingresos del Sistema General de Regalías para la vigencia
fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2012, en la suma de ocho billones doscientos
setenta y seis mil ochocientos setenta y siete millones de pesos moneda legal
($8.276.877.000.000), según el detalle que se presenta a continuación:
PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS
2012
CONCEPTO VALOR
I
INGRESOS CORRIENTES POR REGALIAS Y
COMPENSACIONES 8.276.877.000.000
1 HIDROCARBUROS 6.564.172.000.000
2 MINERALES 1.712.705.000.000
TOTAL INGRESOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALIAS 8.276.877.000.000
TÍTULO II
PRESUPUESTO DE GASTOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS
CAPÍTULO I. MONTO TOTAL DEL PRESUPUESTO DE GASTOS DEL SISTEMA
GENERAL DE REGALÍAS
Artículo 2°. Presupuesto de gastos del Sistema General de Regalías. Autorícese gastos con
cargo al Sistema General de Regalías durante la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de
diciembre de 2012 por la suma de ocho billones doscientos setenta y seis mil ochocientos
setenta y siete millones de pesos moneda legal ($8.276.877.000.000).
CAPÍTULO II
Presupuesto de los órganos del Sistema General de Regalías
Artículo 3°. Presupuesto de los órganos del Sistema Genera de Regalías. De conformidad
con el monto total de gastos de Sistema General de Regalías definido en el artículo anterior,
autorícese gastos con cargo al Sistema General de Regalías durante la vigencia fiscal del 1o
de enero al 31 de diciembre de 2012 por la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL
SETENTA Y C INCO MILLONES OCHENTA MIL PESOS MONEDA LEGAL
($331.075.080.000), según el siguiente detalle:
PRESUPUESTO DE GASTOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS 2012
CAPÍTULO SUB
CAPÍTULO SECCIÓN CONCEPTO VALOR
I
GASTOS DE ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA
GENERAL DE REGALÍAS 331.075.080.000
1
PRESUPUESTO DE FISCALIZACIÓN DE LA
EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LOS
YACIMIENTOS, EL CONOCIMIENTO Y
CARTOGRAFÍA GEOLÓGICA DEL SUBSUELO 165.537.540.000
21010 MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
21110 AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS - ANH
21120 AGENCIA NACIONAL DE MINERÍA - ANM
99999
RECURSOS PARA FISCALIZACIÓN, DE LA
EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LOS
YACIMIENTOS, EL CONOCIMIENTO Y
CARTOGRAFÍA GEOLÓGICA DEL SUBSUELO.
DISTRIBUCIÓN PREVIO CONCEPTO DGPPN
165.537.540.000
2
FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE
MONITOREO, SEGUIMIENTO, CONTROL Y
EVALUACIÓN
57.938.139.000
03010 DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÒN
43.453.604.250
26010 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÙBLICA
14.484.534.750
3
FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA GENERAL DE
REGALÍAS
107.599.401.000
10000 COMISIÓN RECTORA
03010 DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÒN
13010 MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÈDITO PÙBLICO
21010 MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
40010 DEPARTAMENTO ADMINISTRATlVO DE LA
CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACIÓN
99999
RECURSOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL
SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS. DISTRIBUCIÓN
PREVIO CONCEPTO DGPPN
107.599.401.000
CAPÍTULO III
Presupuesto de las asignaciones a los fondos y beneficiarios del Sistema General de
Regalías
Artículo 4°. Presupuesto de las asignaciones a los Fondos y Beneficiarios del Sistema
General de Regalías. De conformidad con el monto total de gastos de Sistema General de
Regalías definido en el artículo anterior, autorícese gastos con cargo al Sistema General de
Regalías durante la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2012 por la suma
de cinco billones ciento sesenta y cinco mil ciento treinta y cuatro millones ciento sesenta y
seis mil doscientos sesenta y cinco pesos moneda legal ($5.165.134.166.265), según el
siguiente detalle:
PRESUPUESTO DE GASTOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS 2012
CAPÍTULO SUB
CAPÍTULO SECCIÓN CONCEPTO VALOR
II
PRESUPUESTO DE LAS ASIGNACIONES A LOS
FONDOS Y BENEFICIARIOS
5.165.134.166.265
1
FONDO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN
790.441.753.500
05000
ANTIOQUIA
52.204.768.848
08000 ATLÁNTICO
24.920.010.039
11000 BOGOTÁ, D.C.
19.053.846.342
13000 BOLÍVAR
47.520.359.297
15000 BOYACÁ
30.155.408.363
17000 CALDAS
12.335.357.146
18000 CAQUETÁ
19.802.888.932
19000 CAUCA
39.649.047.296
20000
CESAR
30.868.140.598
23000 CÓRDOBA
54.697.953.575
25000 CUNDINAMARCA
24.894.718.163
PRESUPUESTO DE GASTOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS 2012
CAPÍTULO SUB
CAPÍTULO SECCIÓN CONCEPTO VALOR
27000 CHOCÓ
27.815.312.434
HUILA
28.932.626.550
44000 LA GUAJIRA
37.551.226.859
47000 MAGDALENA
36.554.867.803
50000 META
15.149.985.778
52000 NARIÑO
46.244.810.018
54000 NORTE DE SANTANDER
28.486.985.584
63000 QUINDÍO
5.623.594.687
66000 RISARALDA
11.460.406.180
SANTANDER
23.227.661.378
70000 SUCRE
33.898.126.100
73000 TOLIMA
22.170.433.429
VALLE DEL CAUCA
29.064.066.965
81000 ARAUCA
13.000.673.950
85000 CASANARE
14.357.872.126
86000 PUTUMAYO
15.636.940.753
ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA
Y SANTA CATALINA
7.353.617.261
91000 AMAZONAS
7.478.572.478
94000 GUAINÍA
6.212.672.177
GUAVIARE
8.997.591.584
97000 VAUPÉS
6.313.854.420
99000 VICHADA
8.807.356.385
2 FONDO DE DESARROLLO REGIONAL - FDR
657.753.873.990
05000 ANTIOQUIA
62.589.778.625
ATLÁNTICO
38.543.094.748
11000 BOGOTÁ, D.C.
52.166.429.803
13000 BOLÍVAR
27.379.279.693
BOYACÁ
24.248.334.212
17000 CALDAS
19.925.700.037
18000 CAQUETÁ
17.776.606.974
19000 CAUCA
32.816.095.059
20000 CESAR
11.297.241.981
23000 CÓRDOBA
30.406.545.788
25000 CUNDINAMARCA
36.247.321.583
27000 CHOCÓ
21.950.160.597
LA GUAJIRA
9.516.492.418
47000 MAGDALENA
32.491.267.011
50000 META
10.893.034.569
52000 NARIÑO
39.456.876.707
54000 NORTE DE SANTANDER
26.465.509.339
63000 QUINDÍO
13.646.133.709
66000 RISARALDA
19.228.220.887
68000 SANTANDER
11.274.306.497
SUCRE
27.139.296.869
76000 VALLE DEL CAUCA
46.919.361.189
86000 PUTUMAYO
9.879.026.727
88000
ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA
Y SANTA CATALINA
5.918.361.605
91000 AMAZONAS
6.078.317.793
94000 GUAINÍA
4.740.334.093
95000 GUAVIARE
7.257.427.186
VAUPÉS
4.743.433.680
99000 VICHADA
6.759.884.609
3 FONDO DE COMPENSACIÓN REGIONAL - FCR
1.304.228.893.275
ANTIOQUIA
76.086.078.062
08000 ATLÁNTICO
29.599.565.873
13000 BOLÍVAR
84.853.526.547
15000 BOYACÁ
53.583.759.482
17000 CALDAS
13.844.833.289
CAQUETÁ
36.440.583.448
19000 CAUCA
73.193.536.841
20000 CESAR
55.515.575.961
PRESUPUESTO DE GASTOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS 2012
CAPÍTULO SUB
CAPÍTULO SECCIÓN CONCEPTO VALOR
23000 CÓRDOBA
106.036.331.913
25000
CUNDINAMARCA
30.105.385.364
27000 CHOCÓ
52.411.749.110
41000 HUILA
51.837.110.310
44000 LA GUAJIRA
71.536.963.929
47000 MAGDALENA
66.329.140.919
50000 META
19.690.025.535
52000 NARIÑO
87.149.612.110
54000 NORTE DE SANTANDER
48.472.469.596
63000
QUINDÍO
11.356.910.410
66000 RISARALDA
12.148.289.779
68000 SANTANDER
30.070.850.659
70000
SUCRE
64.595.312.629
73000 TOLIMA
30.414.117.824
76000 VALLE DEL CAUCA
32.492.051.989
81000 ARAUCA
23.875.725.157
85000 CASANARE
25.445.564.519
86000
PUTUMAYO
28.990.582.578
88000
ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA
Y SANTA CATALINA
14.214.684.069
91000
AMAZONAS
14.396.835.582
94000 GUAINÍA
12.268.983.670
95000 GUAVIARE
17.376.561.216
97000 VAUPÉS
12.542.905.125
99000 VICHADA
17.353.269.782
4 FONDO DE AHORRO Y ESTABILIZACIÓN - FAE
1.580.883.507.000
05000 ANTIOQUIA
85.020.706.310
08000 ATLÁNTICO
30.488.854.546
11000
BOGOTÁ, D.C.
26.859.614.649
13000 BOLÍVAR
63.510.189.562
15000 BOYACÁ
54.518.416.226
17000 CALDAS
17.080.474.098
18000 CAQUETÁ
22.691.333.270
19000 CAUCA
44.529.980.760
20000 CESAR
93.356.446.835
23000 CÓRDOBA
85.093.059.865
25000
CUNDINAMARCA
37.831.513.478
27000 CHOCÓ
34.382.605.513
41000 HUILA
48.597.157.418
44000 LA GUAJIRA
117.497.062.352
47000 MAGDALENA
47.669.834.072
50000 META
215.487.937.003
52000 NARIÑO
56.634.122.153
54000 NORTE DE SANTANDER
36.848.367.393
63000
QUINDÍO
8.809.898.937
66000 RISARALDA
15.008.979.398
68000 SANTANDER
58.834.116.322
70000 SUCRE
56.829.784.944
73000 TOLIMA
39.586.282.457
76000 VALLE DEL CAUCA
39.647.006.301
81000 ARAUCA
40.347.617.400
85000 CASANARE
99.348.454.376
86000
PUTUMAYO
33.367.366.725
88000
ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA
Y SANTA CATALINA
9.183.339.090
91000
AMAZONAS
9.654.657.249
94000 GUAINÍA
8.993.026.728
95000 GUAVIARE
8.694.269.071
97000 VAUPÉS
6.055.322.841
99000 VICHADA
11.833.636.869
99999
RECURSOS POR DISTRIBUIR NUEVOS
DESCUBRIMIENTOS Y ARTÍCULO 153 DECRETO
4923 DE 2011
16.592.072.789
5 RECURSOS DESTINADOS PARA AHORRO
790.441.753.500
DECRETO NÚMERO 4950 DE 2011
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

340
D IA R I O O F I CIA L


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PRESUPUESTO DE GASTOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS 2012
CAPÍTULO SUB
CAPÍTULO SECCIÓN CONCEPTO VALOR
PENSIONAL TERRITORIAL
05000 ANTIOQUIA
76.433.799.211
08000 ATLÁNTICO
28.623.011.688
11000
BOGOTÁ, D.C.
36.054.909.215
13000 BOLÍVAR
34.599.568.212
15000 BOYACÁ
35.822.434.513
17000
CALDAS
20.087.064.320
18000 CAQUETÁ
16.604.350.533
19000 CAUCA
27.902.625.266
20000 CESAR
9.270.576.598
23000 CÓRDOBA
27.826.018.940
25000
CUNDINAMARCA
50.003.369.404
27000 CHOCÓ
21.300.858.931
41000 HUILA
24.226.696.576
44000
LA GUAJIRA
22.964.382.679
47000 MAGDALENA
25.065.287.148
50000 META
19.070.417.654
52000 NARIÑO
36.695.695.739
54000 NORTE DE SANTANDER
27.835.701.428
63000
QUINDÍO
14.158.011.557
66000 RISARALDA
17.042.171.481
68000 SANTANDER
40.584.122.514
70000
SUCRE
21.926.138.827
73000 TOLIMA
28.994.042.654
76000 VALLE DEL CAUCA
49.039.582.032
81000 ARAUCA
14.298.363.799
85000 CASANARE
3.293.605.331
86000
PUTUMAYO
13.745.045.000
88000
ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA
Y SANTA CATALINA
8.795.365.255
91000
AMAZONAS
10.601.113.217
94000 GUAINÍA
12.629.821.119
95000 GUAVIARE
1.092.577.229
97000 VAUPÉS
577.972.955
99000 VICHADA
13.277.052.476
6
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL
RIO GRANDE DE LA MAGDALENA
41.384.385.000
24010
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL RIO
GRANDE DE LA MAGDALENA
41.384.385.000
CAPÍTULO IV
Presupuesto de las entidades territoriales receptoras directas de regalías y
compensaciones del Sistema General de Regalías
Artículo 5°. Presupuesto de las Entidades Territoriales Receptoras Directas de Regalías y
Compensaciones del Sistema General de Regalías. De conformidad con el monto total de
gastos de Sistema General de Regalías definido en el artículo anterior, autorícese gastos con
cargo al Sistema General de Regalías durante la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de
diciembre de 2012 por la suma de dos billones setecientos ochenta mil seiscientos sesenta y
siete millones setecientos cincuenta y tres mil setecientos treinta y cinco pesos moneda
legal ($2.780.667.753.735), según el siguiente detalle:
PRESUPUESTO DE GASTOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS 2012
CAPÍTUL
O
SUB
CAPÍTUL
O
SECCIÓ
N CONCEPTO VALOR
III
PRESUPUESTO DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES
RECEPTORAS DIRECTAS DE REGALÍAS Y
COMPENSACIONES
2.780.667.753.735
1 DEPARTAMENTOS 2.754.305.987.772
05000
ANTIOQUIA
72.251.579.760
08000 ATLÁNTICO 84.401.312
13000 BOLÍVAR 59.301.961.103
PRESUPUESTO DE GASTOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS 2012
CAPÍTUL
O
SUB
CAPÍTUL
O
SECCIÓ
N CONCEPTO VALOR
15000 BOYACÁ 73.932.323.796
17000 CALDAS 2.025.113.442
18000 CAQUETÁ 2.967.955
19000 CAUCA 4.287.931.375
20000 CESAR 265.906.760.479
23000 CÓRDOBA 120.888.128.688
25000
CUNDINAMARCA
9.845.290.591
27000 CHOCÓ 13.843.337.264
41000 HUILA 89.096.785.630
44000 LA GUAJIRA 327.704.946.714
47000 MAGDALENA 29.948.999.778
50000 META 795.838.384.355
52000 NARIÑO 16.645.228.625
54000 NORTE DE SANTANDER 15.908.811.128
63000
QUINDÍO
11.208.437
66000 RISARALDA 65.593.237
68000 SANTANDER 129.821.885.586
70000 SUCRE 79.414.810.549
73000 TOLIMA 76.525.900.289
76000 VALLE DEL CAUCA 831.958.271
81000 ARAUCA 109.970.443.085
85000 CASANARE 353.692.859.808
86000
PUTUMAYO
65.015.039.523
88000
ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA
CATALINA 395.504.825
91000
AMAZONAS
5.101.552
94000 GUAINÍA 65.629.373
95000 GUAVIARE 68.667
97000 VAUPÉS 6.316.311
99000 VICHADA 1.065.050.350
99999
RECURSOS POR DISTRIBUIR NUEVOS DESCUBRIMIENTOS
Y ARTÍCULO 153 DECRETO 4923 DE 2011 39.905.665.914
2 CORPORACIONES AUTONOMAS REGIONALES Y OTROS 26.361.765.964
32000
OTRAS CORPORACIONES
26.361.765.964
TÍTULO III
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 6°. Disposiciones generales. Las disposiciones generales contenidas en el presente
título constituyen las normas tendientes a cumplir con los objetivos y fines del Sistema,
como complemento de las disposiciones presupuestales que le sean aplicables contenidas
en el Decreto-ley 4923 de 2011 y las normas que lo modifiquen o sustituyan.
Artículo 7°. Cálculo para la distribución de las regalías y compensaciones. En lo
relacionado con las asignaciones directas y a los Fondos de Compensación Regional, y de
Desarrollo Regional, el presupuesto para la vigencia fiscal de 2012 corresponde a lo
dispuesto por el parágrafo 2 transitorio del artículo 2 del Acto Legislativo 05 de 2011,
modificatorio del artículo 361 de la Constitución Política.
Artículo 8°. Recursos con destino al ahorro pensional territorial. En lo relacionado con el
cálculo de los recursos con destino al ahorro pensional territorial manejado a través del
FONPET a que hace referencia el artículo 56 del Decreto-ley 4923 d e 2011 y las normas
que lo modifiquen o sustituyan, el presupuesto correspondiente a la vigencia fiscal de 2012,
toma como base el pasivo pensional registrado en el sistema de información del FONPET
SIF a diciembre de 2010 proyectado a 2011, aplicando como criterio de proyección una
variación del IPC del 3,96% (periodo noviembre noviembre).
Artículo 9°. Transferencia de los recursos de regalías y compensaciones. La Dirección
General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito
Público fijará los procedimientos y requisitos generales para la transferencia de los recursos
recaudados por concepto de regalías y compensaciones a la cuenta única del Sistema
General de Regalías.
A partir del 1° de marzo de 2012, la Dirección General de Crédito Público y Tesoro
Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público girará los recursos de regalías
directas y compensaciones dentro de los primeros diez días del mes siguiente a su recaudo.
Artículo 10. Recursos del Fondo de Ahorro y Estabilización. De conformidad con lo
dispuesto por el parágrafo 3° del artículo 51 del Decreto 4923 de 2011 y las normas que lo
modifiquen o sustituyan, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público reconocerá la
comisión de administración a favor del Banco de la República con cargo a los recursos
incorporados en el presupuesto del Sistema con destino al Fondo de Ahorro y
Estabilización.
Parágrafo. La transferencia de recursos que correspondan al Fondo de Ahorro y
Estabilización, de que trata el artículo 45 del Decreto 4923 de 2011 y la s normas que lo
modifiquen o sustituyan, se efectuará directamente en moneda extranjera al administrador
de dicho fondo, a través de las cuentas de compensación que determine la Dirección
General de Crédito Público y Tesoro Nacional.
Artículo 11. Distribución de recursos entre los órganos del Sistema. Los recursos
destinados a la fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos, el
conocimiento y cartografía geológica del subsuelo, serán distribuidos, mediante resolución,
por el Ministerio de Minas y Energía de conformidad con la delegación de funciones
adelantada por dicho Ministerio.
Los recursos destinados al funcionamiento del Sistema general de Regalías se distribuirán
mediante resolución proferida por la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías.
Los recursos destinados para el funcionamiento del Sistema de Monitoreo, Seguimiento,
Control y Evaluación del Sistema General de Regalías serán ejecutados por los órganos
encargados de dicha función según las autorizaciones máximas de gasto incorporadas en el
respectivo subcapítulo de este presupuesto y lo señalado por el artículo 103 del Decreto-ley
4923 de 2011 y las normas que lo modifiquen o sustituyan.
Corresponde a los jefes de cada uno de los órganos a que se refiere el presente artículo,
desagregar su presupuesto según el plan de cuentas definido por la Dirección General del
Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y reportarlo d e
conformidad con lo establecido por el artículo 92 del Decreto-ley 4923 de 2011 y las
normas que lo modifiquen o sustituyan.
Artículo 12. Sustitución en la financiación de compromisos asumidos para el ejercicio de
funciones de fiscalización. Los compromisos asumidos para l a fiscalización de la
exploración y explotación de los yacimientos, el conocimiento y cartografía geológica del
subsuelo por los órganos encargados de dicha función con cargo a las apropiaciones del
Presupuesto General de la Nación en desarrollo de autorizaciones de vigencias futuras,
podrán sustituirse en la fuente de financiamiento de dichos compromisos para que los
mismos se asuman con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías.
Artículo 13. Contabilización independiente. Los órganos, entidades territoriales y demás
beneficiarios de los recursos del Sistema General de Regalías dispondrán de un sistema de
registro y contabilización independiente que se regirá por lo establecido en el Decreto 4923
de 2011 y las normas que lo modifiquen o sustituyan, así como las metodologías de
seguimiento y ev aluación adoptadas por la Comisión Rectora del Sistema General de
Regalías.
Artículo 14. Anexo del presupuesto de las entidades receptoras directas de regalías y
compensaciones. La ejecución de las apropiaciones incorporadas en el presupuesto de las
entidades receptoras directas de regalías y compensaciones s e sujetará al detalle
incorporado en el anexo indicativo que acompaña el Capítulo 4 del Título II del presente
Decreto. El giro de los recursos se adelantará previa certificación del Ministerio de Minas y
Energía o su delegado sobre la liquidación y recaudo efectivo de la respectiva
contraprestación, en la que se señale la entidad territorial receptora de la regalía.
Artículo 15. Anexo del presupuesto para las asignaciones a los fondos y beneficiarios. La
ejecución de las apropiaciones incorporadas en el presupuesto para las asignaciones al
Fondo de Ciencia Tecnología e Innovación, al Fondo de Desarrollo Regional y al Fondo de
Compensación Regional, se adelantará teniendo en cuenta el anexo indicativo en el cual se
detallen; los proyectos susceptibles de ser financiados con cargo a los recursos del Sistema
según los ejercicios de planeación regional, las priorizaciones que adelanten los órganos
colegiados de administración y decisión o las decisiones adoptadas por la Comisión Rectora
del Sistema previo a la entrada en funcionamiento de los órganos colegiados de
administración y decisión.
Mediante reglamento se definirán los mecanismos de ejecución presupuestal de otros
beneficiarios en el presupuesto de gastos para las asi gnaciones de los fondos y
beneficiarios.
Artículo 16. Ajustes al Presupuesto del Sistema General de Regalías. Durante la ejecución
del presupuesto del Sistema General de Regalías, el Gobierno Nacional podrá adelantar,
mediante Decreto, los ajustes necesarios cuando se presenten diferencias sustantivas entre
los recursos presupuestados y los efectivamente recaudados por el Sistema.
El Gobierno Nacional mediante Decreto podrá adelantar las correcciones necesarias para
enmendar los errores de transcripción, aritméticos o de cálculo en la distribución del
Presupuesto del Sistema General de Regalías.
Artículo 17. Afectación de las apropiaciones del Sistema General de Regalías. Para las
afectaciones a las apropiaciones del Sistema General de Regalías se aplicarán los mismos
métodos y procedimientos que rigen para el Presupuesto General de la Nación.
Artículo 18. Anexos. El presente Decreto-ley se acompaña de los an exos indicativos
correspondientes a los proyectos susceptibles de ser financiados con cargo a los recursos
del Sistema se gún los ejercicios de planeación regional d el presupuesto para las
asignaciones a los fondos y beneficiarios, y al detalle de la participación a nivel territorial
del presupuesto de las entidades receptoras directas de regalías y compensaciones.
Artículo 19. Vigencia y derogatorias. El presente Decreto-ley rige a partir de la fecha de su
publicación y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2012.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rodrigo de Jesús Suescún Melo,
encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público.
El Ministro Minas y Energía,
Mauricio Cárdenas Santa María.
341
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ANEXO PROYECTOS INDICATIVOS REGIONALES
No. Iniciativa/Proyecto Departamentos Fuentes SGR
Valor Propuesto para
2012
Valor Total Estimado
Iniciativa/Proyecto
EJE TEMATICO: CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION
1
BIOCARIBE. Centro Regional para el
estudio de la biodiversidad del Caribe
colombiano y un banco de genomas,
moléculas bioactivas y nuevos
materiales presentes en la región
Atlántico y Bolívar FCTeI 13,250,000,000 18,583,721,000
2
LOGPORT: Investigación e Innovación
en Logística, Cadenas de Suministro
y Puertos
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Guajira, Magdalena y
Sucre
FCTeI 15,500,000,000 67,000,000,000
3
Programa de Fortalecimiento Científico
Tecnológico para el Desarrollo de
Capacidadesde Innovación en el Sector
de Diseño y Construcción Naval como
Apuesta Productiva Regional
Atlántico y Bolívar FCTeI 12,500,000,000 46,500,000,000
4
Laboratoriode Innovación Social para el
mejoramiento de la calidad de vida
conigualdad y acceso a oportunidades
en la Región Caribe
Atlántico, Bolívar,
Córdoba, San Andrés y
Providencia, y Sucre
FCTeI 9,150,000,000 50,000,000,000
5
Polo científico, de agroindustria y
agrobio energético del Caribe
Colombiano
Atlántico, Cesar, Córdoba,
Magdalena y Sucre FCTeI 52,085,000,000 150,000,000,000
6Polo científico, tecnológico e industrial
ganadero del Caribe
Cesar,Córdoba, Guajira y
Sucre
FCTeI 31,050,000,000 75,000,000,000
7Instituto de Investigaciones Biomédicas
del Caribe
Atlántico, Córdoba,
Magdalena y Sucre FCTeI 16,250,000,000 16,250,000,000
8
Centro de investigación innovación e
invención del carbón - Incarbo
Atlántico, Cesar, Guajira y
Magdalena FCTeI 29,065,000,000 47,102,000,000
9Programa para el desarrollo sostenible
de la acuicultura marina en Colombia
Bolívar, Córdoba, Guajira,
Magdalena y Sucre FCTeI 13,400,000,000 19,950,000,000
10 Red Caribe de centros de trabajo e
Instituto de CT+I en recursos hídricos
Atlántico, Bolívar,
Córdoba, Guajira y
Magdalena
FCTeI 12,900,000,000 55,000,000,000
11
Desarrollo de servicios científico-
tecnológicos de soporte al sector
industrial de la región Caribe
Atlántico, Bolívar y
Córdoba FCTeI 13,650,000,000 16,515,000,000
12
Centro Internacional de I+D+I insular
oceánica Seaflower
San Andrés Islas y
Providencia FCTeI 7,000,000,000 35,000,000,000
13 Innovación y Turismo
Córdoba, Magdalena y
San Andrés
FCTeI 14,500,000,000 30,000,000,000
ATLÁNTICO, BOLÍVAR, CESAR, CÓRDOBA, GUAJIRA, MAGDALENA, SAN ANDRÉS ISLAS Y SUCRE
REGION CARIBE
ANEXO PROYECTOS INDICATIVOS REGIONALES
No. Iniciativa/Proyecto Departamentos Fuentes SGR
Valor Propuesto para
2012
Valor Total Estimado
Iniciativa/Proyecto
14
Programa para la conservación y el
desarrollo agroforestal y ambiental del
Caribe Colombiano
Córdoba FCTeI 2,700,000,000 4,488,000,000
15
Programa de potenciación científica -
tecnológica para sectores agroindustrial
y agro - energético priorizados y
promisorios del Caribe – cadenas
hortofrutícolas
Bolívar FCTeI 1,000,000,000 29,498,000,000
244,000,000,000 660,886,721,000
EJE TEMATICO: INFRAESTRUCTURA
1
Plan Vial del Caribe. Transversal del
Magdalena, Transversal de los
Contenedores, Transversal de la
Depresión Momposina, Transversal de
la Mojana, Transversal La Mojana -
Córdoba - Urabá, Troncal de la
Productividad; Troncal del Sur de
Bolívar, Transversal El Banco - Cuatro
Vientos - Codazzi - Frontera
colombovenezolana, Anillo Turístico de
laGuajira, Transversal de la Sierra Flor,
Eje Vial de los Montes de María
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena y Sucre
FDR - FCR 160,000,000,000 4,312,460,000,000
2Fortalecimiento de los Planes
Departamentales de Agua
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena, San Andrés
Islas y Providencia, y
Sucre
FDR - FCR 150,000,000,000 2,347,000,000,000
3
Recuperación de la Navegabilidad y
Puertos marítimos y fluviales del rio
Magdalena
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena y Sucre
FDR - FCR 60,000,000,000 60,000,000,000
370,000,000,000 6,719,460,000,000
EJE TEMATICO: AGRO INDUSTRIA Y COMPETITIVIDAD
1Tecnificación de la ganadería +
desarrollo de la industria cárnica y láctea
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena, San Andrés
Islas y Providencia, y
Sucre
FDR - FCR -
AD 1,265,000,000 Por definir
2Desarrollohortícola y frutícola del Caribe
Colombiano
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena, San Andrés
Islas y Providencia, y
Sucre
FDR - FCR -AD 1,900,000,000 Por definir
3Desarrollo pesquero y acuícola del
Caribe Colombiano
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena, San Andrés
Islas y Providencia, y
Sucre
FDR - FCR -AD 1,400,000,000 Por definir
SUBTOTAL EJE TEMATICO
SUBTOTAL EJE TEMATICO
ANEXO PROYECTOS INDICATIVOS REGIONALES
No. Iniciativa/Proyecto Departamentos Fuentes SGR
Valor Propuesto para
2012
Valor Total Estimado
Iniciativa/Proyecto
4Desarrollo forestal e industria d e la
madera en el Caribe Colombiano
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena, San Andrés
Islas y Providencia, y
Sucre
FDR - FCR -AD 1,100,000,000 Por definir
5
Fortalecimiento y gestión a la
competitividad (innovación y
emprendimiento)e impulso al desarrollo
productivode la región Caribe con base
a la dinamización y articulación de
clúster regionales
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena, San Andrés
Islas y Providencia, y
Sucre
FDR - FCR -AD 25,146,000,000 41,910,000,000
6
Plan Caribe incluyente y sostenible a
través de bosques de cacao.
establecimiento de 15.000 hectáreas de
cacao clonado entre 2012 y 2016 en el
Caribe Colombiano
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena, San Andrés
Islas y Providencia, y
Sucre
FDR - FCR -AD 20,000,000,000 80,000,000,000
7Ampliación de sistemas de riego y
drenaje en el departamento de Córdoba Córdoba FDR - FCR -AD 2,500, 000,000 Por definir
8
Desarrolloagroindustrial de la zonas del
dique Bolivarense (zona de influencia
del Canal del Dique) mediante
aplicación del régimen de zonas francas.
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena, y Sucre
FDR - FCR -AD 4,500,000,000 2,000,000,000
9Energíaslimpias para mejorar el acceso
a educación rural con calidad
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena, San Andrés
Islas y Providencia, y
Sucre
FDR - FCR -AD Por definir Por definir
10
Tecnificacióny d esarrollo de la industria
de biocombustibles en tierras no
cultivables
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena, San Andrés
Islas y Providencia, y
Sucre
FDR - FCR -AD Por definir Por definir
11
La biometanización de biomasa,
mediante la utilización del jacinto de
agua y/o tarulla - para proyectos del
programa de mecanismo de desarrollo
limpio
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena, San Andrés
Islas y Providencia, y
Sucre
FDR - FCR -AD Por definir Por definir
57,811,000,000 123,910,000,000
EJE TEMATICO: EDUCACION
1 Nativos Digitales
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena, San Andrés
Islas y Providencia, y
Sucre
FCR 127,500,000,000 400,000,000,000
2 Atención Integral a la Primera Infancia
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena, San Andrés
Islas y Providencia, y
Sucre
FDR - FCR 30,000,000,000 Por definir
SUBTOTAL EJE TEMATICO
ANEXO PROYECTOS INDICATIVOS REGIONALES
No. Iniciativa/Proyecto Departamentos Fuentes SGR
Valor Propuesto para
2012
Valor Total Estimado
Iniciativa/Proyecto
3
Educación básica y media (Incluye
Micronutrientes proyecto Caribe sin
Hambre)
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena, San Andrés
Islas y Providencia, y
Sucre
FDR - FCR 20,000,000,000 Por definir
4Fortalecimiento de la Educación Media
Técnica
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena, San Andrés
Islas y Providencia, y
Sucre
FDR - FCR 25,600,000,000 Por definir
5
Cualificación de Docentes Oficiales de la
Región Caribe
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena, San Andrés
Islas y Providencia, y
Sucre
FDR - FCR 7,500,000,000 75,000,000,000
210,600,000,000 475,000,000,000
EJE TEMATICO: CULTURA Y TURISMO
1
Fortalecimiento de la institucionalidad
cultural, educativa, turística y ambiental
del Caribe Colombiano
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena, San Andrés
Islas y Providencia, y
Sucre
FDR - FCR 42,990,000,000 127,344,000,000
2
Diseño, implementación y promoción de
las rutas turísticas cultural y de
naturaleza en el Caribe Colombiano
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena, San Andrés
Islas y Providencia, y
Sucre
FDR - FCR 5,980,000,000 5,980,000,000
3Redde orquestas sinfónicas de la región
Caribe Colombiana
Atlántico, Bolívar, Cesar,
Córdoba, Guajira,
Magdalena, San Andrés
Islas y Providencia, y
Sucre
FDR - FCR 1,425,000,000 15,700,000,000
4Centro de Eventos y Exposiciones del
Caribe Atlántico FDR - FCR 50,000,000,000 231,200,000,000
5
Centro de Eventos y Ferias de
Cartagena Bolívar FDR - FCR 2,000,000,000 135,000,000,000
102,395,000,000 515,224,000,000
EJE TEMATICO: AMBIENTAL
1
Conectividades Socioecosistemicas
para recuperar la estructura ecológica
de la Región Caribe como medida de
adaptación al Cambio Climático
Cesar, Guajira y
Magdalena FDR - FCR 3,500,000,000 53,367,000,000
2
Fortalecimiento de áreas marinas
protegidas en el archipiélago de San
Andrés, Providencia y Santa Catalina
San Andrés Islas y
Providencia
FDR - FCR -
AD 2,000,000,000 6,458,000,000
3
Descontaminación de cuerpos de agua
por efecto de aguas residuales de los
sistemas de alcantarillado de
Barranquilla y Área Metropolitana
Atlántico FDR - FCR 18,500,000,000 689,769,000,000
SUBTOTAL EJE TEMATICO
SUBTOTAL EJE TEMATICO

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