Decreto número 1779 de 2009, por el cual se expiden normas sobre el contrato de aprendizaje. - 18 de Mayo de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 57818794

Decreto número 1779 de 2009, por el cual se expiden normas sobre el contrato de aprendizaje.

EmisorMinisterio de Protección Social
Número de Boletín47353

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del articulo 189 de la Constitucion Politica y los articulos 30 y 32 de la Ley 789 de 2002, DECRETA:

Articulo 1° Modificase el paragrafo 1° del articulo 11 del Decreto 933 de 2003, el cual queda asi: "Paragrafo 1°

Los empleadores no exceptuados de contratar aprendices, podran aumentar voluntariamente el numero de aprendices patrocinados con alumnos del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, en la siguiente proporcion, siempre y cuando no hayan reducido el numero de empleados vinculados a la empresa en los tres meses anteriores a la fecha en que se solicite al SENA la aplicacion del beneficio, ni reduzcan la nomina durante la vigencia de los contratos de aprendizaje, en caso que lo haga, dara por terminado los contratos de aprendizaje voluntarios proporcionalmente: Empresas entre 1 y 14 empleados, desde 1 aprendiz hasta el 50% del numero total de empleados de la respectiva empresa.

Empresas entre 15 y 50 empleados, hasta el 40% del numero total de empleados de la respectiva empresa.

Empresas entre 51 y 200 empleados, hasta el 30% del numero total de empleados de la respectiva empresa.

Empresas con mas de 200 empleados, hasta el 20% del numero total de empleados de la respectiva empresa.

La empresa que decida incrementar el numero de aprendices debe informarlo a la Regional del SENA donde funcione su domicilio principal, precisando el numero de aprendices que requiere y su especialidad.

Las condiciones del contrato de aprendizaje, las obligaciones de la empresa y las obligaciones y derechos de los aprendices a que se refiere este articulo son las mismas que las de los aprendices contratados en cumplimiento de la cuota de aprendizaje.

El SENA hara el seguimiento al cumplimiento de lo establecido...

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