Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Resolución número 0756 de 2012, por la cual se aprueba la reforma de estatutos a la entidad sin ánimo de lucro denominada Fundación Cristiana Salvemos a Cristian. - 2 de Agosto de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 393306646

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Resolución número 0756 de 2012, por la cual se aprueba la reforma de estatutos a la entidad sin ánimo de lucro denominada Fundación Cristiana Salvemos a Cristian.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín48510
48
D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.510
Jueves, 2 de agosto de 2012
Que por Resolución número 0006 del 2 de mayo de 2012, la Agencia Nacional de
Minería suspendió la recepción de Propuestas de Contratos de Concesión Minera por un
término de tres (3) meses, contados a partir del 2 de mayo de 2012.
Que en atención a que la Agencia Nacional de Minería: (i) delimitó y declaró las áreas
estratégicas mineras con fundamento en la información técnica del Servicio Geológico
Colombiano; (ii) evaluó técnicamente todas las solicitudes que hacían parte del plan de
descongestión planteado por el Ingeominas, hoy Servicio Geológico Colombiano; (iii)
dispone de una herramienta tecnológica para la radicación de solicitudes mineras vía web,
se considera pertinente atender el término dispuesto por la Resolución número 0006 del 2
de mayo de 2012, para levantar la suspensión de recepción de Propuestas de Contrato de
Concesión.
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para su acceso y uso en modalidad de pruebas.
Que en atención a que se hace necesaria la adquisición previa de los PIN para acceder
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a la fecha PIN adquiridos con anterioridad a la suspensión de términos, que deberán ser
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los diferentes usuarios mineros.

RESUELVE:
Artículo 1º. Apertura del proceso de radicación. Dar inicio a la primera etapa de apertura
del proceso de radicación de Propuestas de Contrato de Concesión Minera, el 3 de agosto
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PIN, que serán utilizados para la radicación de dichas propuestas a partir del día 3 de sep-
tiembre de 2012.
Para la adquisición de los PIN antes referidos, el interesado deberá:
a) Diligenciar el formato de consignación ingresando la página web www.ingeominas.
gov.co, en el enlace: Catastro Minero, Solicitud de PIN, Propuesta de Contratos de Con-
cesión, donde encontrará la opción para acceder al formulario de captura de información
necesario para la generación el recibo consignación;
b) Una vez el usuario obtenga el recibo de consignación, deberá dirigirse a la Enti-
dad Financiera autorizada dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su generación,
para realizar el pago de acuerdo con los datos proporcionados en dicho recibo. De no
realizarse el pago en el término antes referido, el usuario deberá obtener un nuevo recibo
de consignación;
c) Por cada Propuesta de Contrato de Concesión, se deberá adquirir un formato de
consignación, es decir, una consignación en original por cada solicitud, toda vez que las
fotocopias no podrán ser leídas por el dispositivo lector del banco. Lo anterior en atención
a que cada formulario estará asociado a un código de barras;
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radicación. El PIN se adquiere a nombre de una de las personas naturales o jurídicas que
van a radicar la Propuesta de Contrato de Concesión Minera. Los PIN que se adquieran
entre el 3 de agosto y el 2 de septiembre del 2012, sólo estarán disponibles y habilitados a
partir del 3 de septiembre del 2012;
e) Los PIN que se adquieran a partir del día 3 de septiembre del 2012, quedarán habi-
litados al día hábil siguiente a la adquisición de los mismos;
f) Los PIN tendrán una vigencia de un (1) mes, contado a partir de la fecha de su habi-
litación. Una vez culmine su vigencia, estos se inactivaran y no habrá lugar a la devolución
del valor pagado por el mismo;
g) Solo cuando se haya efectuado el pago y habilitado el PIN, el solicitante podrá ingresar
al sistema y radicar la Propuesta de Contrato de Concesión Minera.
Artículo 2º. Habilitación de la plataforma. Establecer que en la primera etapa de apertura
del sistema de radicación de solicitudes mineras, se habilitará la plataforma de radicación
web para el que el público en general se familiarice con la misma en una modalidad de
prueba, desde el día 3 de agosto hasta el 24 de agosto de 2012.
Para la utilización de esta plataforma tecnológica en modalidad de prueba, deberá
cumplirse el procedimiento que se describe a continuación:
a) El interesado deberá enviar un correo electrónico a la dirección radicadorweb@anm.
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Concesión, Solicitudes de Autorización Temporal y Legalizaciones de Minería Tradicional)
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b) Con la información suministrada, la Autoridad Minera, por el mismo medio, dará
respuesta al usuario, asignando dos (2) PIN de Prueba por cada una de las solicitudes mi-
neras relacionadas por el interesado;
c) Con el PIN de Prueba y eleste podrá
ingresar a la página de web www.ingeominas.gov.co, y seguir la ruta: “Catastro Minero,
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citudes que le permitirá familiarizarse con esta plataforma tecnológica.
Los interesados podrán consultar el Manual de Usuario publicado en la página web
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Las dudas o inquietudes respecto del manejo de esta plataforma tecnológica podrán
remitirse al correo electrónico radicadorweb@anm.gov.co.
Artículo 3º. Validación de PIN preadquirido. A partir del 3 de agosto de 2012, la Agencia
Nacional de Minería pondrá a disposición de los interesados el listado de los PIN que fueron
adquiridos con anterioridad a la suspensión de términos para recepción de solicitudes mineras.
Los solicitantes que hayan adquirido los PIN allí relacionados, deberán diligenciar
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disponible en la página web www.ingeominas.gov.co, para posteriormente presentarlo con
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la evaluación respectiva.
El plazo para solicitar la validación de los PIN preadquiridos vence el 2 de septiembre de
2012. La habilitación de estos PIN se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes
a la solicitud presentada previa evaluación por parte de la Autoridad Minera.
Los PIN que no sean presentados por las personas interesadas para su evaluación en
los términos establecidos, se inactivarán y no habrá lugar a devolución del valor pagado
por el mismo.
La vigencia de los PN habilitados será de un (1) mes contado a partir de la fecha en
que se reinicie la radicación de Propuestas de Contrato de Concesión, es decir, a partir del
3 de septiembre del 2012.
Artículo 4º. Puntos de atención. Para adelantar los trámites relacionados en el presen-
te acto administrativo: Bogotá, Bucaramanga, Cali, Cúcuta, Ibagué, Medellín, Nobsa y
Valledupar, y los Puntos de Atención al Usuario de los Observatorios Vulcanológicos del
Servicio Geológico Colombiano de Popayán y Pasto.
Artículo 5º. Radicación propuestas de contrato de concesión-
mera etapa de apertura, los proponentes estarán habilitados, de conformidad con lo previsto
en el artículo primero de la presente resolución, para radicar Propuestas de Contrato de
Concesión a través de la plataforma web, dispuesta como único mecanismo para recepción
de solicitudes mineras en el territorio nacional.
Artículo 6º. Divulgación. Remitir la presente resolución a las entidades con funciones
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Artículo 7º. Vigencia .La presente resolución rige a partir de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, a 2 de agosto de 2012.
La Presidenta,
Beatriz Uribe Botero.
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Regional Bogotá
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 0756 DE 2012
(mayo 23)
por la cual se aprueba la reforma de estatutos a la entidad sin ánimo de lucro
denominada Fundación Cristiana Salvemos a Cristian.
El Profesional Universitario con Funciones de Director ICBF Regional del Ins-
tituto Colombiano de Bienestar Familiar, en uso de sus facultades legales y estatu-
tarias, y en especial las refrendadas en el parágrafo del artículo 11 de la Ley 1098
    
2388 de 1979, Decreto 1422 de 1996, artículo 21 numeral 8 de la Ley 7a de 1979, y
Resolución número 3899 de 8 de septiembre de 2010, que versan sobre la función de

negar licencias de funcionamiento a las Instituciones de utilidad común que presten
el servicio de Bienestar Familiar, y demás normas pertinentes emanadas del Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar,
CONSIDERA:
Primero. 
la creación y funcionamiento de las instituciones del Sistema Nacional de Bienestar Fami-
 
cancelar personerías jurídicas y licencias de funcionamiento a las instituciones del Sistema,
en su condición de entidad rectora del mismo.
Segundo. Que según Decreto 276 del 9 de febrero de 1998, por medio de la cual se aprobó
el Acuerdo 004 de la misma fecha, en concordancia con las Resoluciones número 255 de

General, se asignó al ICBF el Reconocimiento de Personerías Jurídicas, Aprobación de
Estatutos, inscripción de Representantes Legales y en general lo relacionado con la inspec-
ción y vigilancia sobre las entidades vinculadas al Sistema General de Bienestar Familiar.
Tercero. Que la señora Sandra Patricia León Sánchez,   
ciudadanía número 40445889 de Villavicencio, actuando en su calidad de Representante
Legal, solicitó por medio de radicado número 015693 del 27 de abril de 2012, la aproba-
ción de la Reforma de Estatutos de la entidad denominada Fundación Cristiana Salvemos a
Cristian, con domicilio principal en la Calle 1 F N° 32-11 Barrio Santa Isabel, en la ciudad
de Bogotá, teléfono 3281012 con NIT. 900.140.947-4.
Cuarto. Que mediante Resolución número 485 de fecha 16 de marzo de 2007, emanada
del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, se reconoce Personería Jurídica y se aprueban
Estatutos a la entidad denominada Fundación Cristiana Salvemos a Cristian.
Quinto.       

niñas y adolescentes, la garantía y protección de sus derechos consideradas propias del
Sistema Nacional de Bienestar Familiar, observándose que se ajustan a la Constitución
Política y a la ley.
 Que con fecha 18 de mayo de 2012, la Coordinadora del Grupo Jurídico de la
Regional Bogotá, emitió Concepto Favorable para que se apruebe Reforma de Estatutos,
por cumplirse con los requisitos legales especialmente los señalados por la Resolución
número 3899 de 8 de septiembre de 2010, emanadas por parte de la Dirección General del
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

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